Ecosistema societario deportivo en Francia ¿Puede la «SAOS» ser una alternativa plausible para el fútbol argentino?

Si bien el fútbol es una desmesurada pasión que viven millones de personas a lo largo y ancho del mundo, indudablemente se trata también de un negocio donde se mueve un caudal colosal de dinero. Por ende, se requiere de estructuras societarias que otorguen profesionalidad al sector y, al mismo tiempo, de mecanismos jurídicos que respeten el rol social de las asociaciones civiles y breguen por el desarrollo de sus disciplinas deportivas amateurs.

En Francia, la estructura y el funcionamiento de las personas ideales con objeto deportivo se regula en el Código del Deporte, más estrictamente en el Título II del Libro Primero de la Parte Legislativa (artículos L.121-1 a L.122-19) y en el Título II del Libro Primero de la Parte Reglamentaria (artículos R.121-1 a R.122-12). De conformidad con la norma, una entidad deportiva puede ordenarse como asociación civil o sociedad comercial. 

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