El TSJ de Canarias considera que no procede pagar un plus de idiomas a una monitora de piscina municipal

En su sentencia núm. 825/2023, el TSJ de Canarias ha desestimado el recurso de una monitora bilingüe de piscina municipal que reclamaba percibir un complemento de idiomas porque tenía que usar a menudo el inglés en el Patronato de Deportes en el que trabajaba. Además, exponía que otra empleada sí que cobraba ese plus, por lo que consideraba que le debían 3.480 euros conforme al artículo 32 del convenio colectivo.

La demanda fue desestimada parcialmente por el Juzgado de lo Social núm. 3 de Santa Cruz de Tenerife porque los usuarios de la piscina municipal son en su totalidad residentes en el municipio y los monitores no tienen por qué usar, ni hacen uso habitualmente, de un idioma distinto del castellano. Asimismo, indicaba que la otra empleada con la que se comparaba prestaba servicio en el estadio de atletismo en una actividad de turismo deportivo, enfocada principalmente a deportistas extranjeros, por lo que no era una situación equiparable.

Puedes acceder a información adicional en el siguiente enlace, en el que puedes consultar la sentencia anonimizada.

 

Fuente: Poder Judicial España
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