El derecho al honor y la libertad de expresión: quejas por la selección de ciclistas paralímpicos (STS 416/2024)

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha dictado la sentencia núm. 416/2024, de 20 de marzo de 2024, que desestima el recurso de casación interpuesto contra la sentencia 310/2023, de 20 de junio, dictada por la sección octava de la Audiencia Provincial de Madrid, en el recurso de apelación núm. 1171/2022.

Es objeto del proceso la acción de vulneración del derecho fundamental al honor que es interpuesta por el demandante, seleccionador nacional de ciclismo paralímpico de la Real Federación Española de Ciclismo (RFEC), por entender que la carta dirigida por un ciclista al director técnico de la RFEC, constituía un atentado a su honor y a su prestigio profesional, concretamente en expresiones tales como que incurría en «tejemaneje, chanchullo, favoritismo, maquinación, engaño, etc.», que se seleccionaban a los corredores por «interés oculto» y «sin justificación alguna», acusando de tener «interés ajeno al deportivo», que protegía actitudes contrarias al juego limpio, y «a los deportistas que hagan trampas», «acciones de buylling» y de «apología del franquismo», acusándole de haber perjudicado al demandado por la entrega de material mecánico, de humillarle y vejarle por un resultado deportivo, de haber perjudicado a ciertos fisioterapeutas y de no ser «honesto y limpio».

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