La Audiencia Nacional mantiene la resolución del TAD que inhabilita al expresidente de la Real Federación Española de Fútbol durante dos años

La Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional ha rechazado el recurso del expresidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) P.R. en el que pedía que se suspendiera de forma cautelar la Resolución del Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) por la que se le sancionó con dos años de inhabilitación para el desempeño de cargos directivos en federaciones deportivas.

En una sentencia, los magistrados de la Sección Sexta confirman así la decisión del Juzgado Central lo Contencioso-administrativo 2 de la Audiencia Nacional del pasado 3 de septiembre por la que se desestimó una primera solicitud de P.R. para paralizar de forma cautelar la Resolución del TAD con el fin de poder presentarse a las elecciones de la RFEF.

El Tribunal recuerda que P.R. ha sido sancionado por tres infracciones muy graves y que tiene en común, indiciariamente, el ejercicio de competencias que no le correspondían, de conformidad con la normativa reguladora de la Federación, desoyendo las normas internas de funcionamiento y privando al órgano de gobierno de conocer decisiones de su exclusiva competencia.

La Sala sostiene que la sanción de inhabilitación tiene por objeto garantizar el recto ejercicio de sus funciones por los órganos que las tienen atribuidas y en este caso, el interesado fue expedientado, precisamente, por actuar de manera arbitraria, sustituyendo la voluntad del ente federativo por la suya propia y sustrayendo al órgano de gobierno el ejercicio de competencias que le correspondían de forma exclusiva.

«Por tanto, cabe pensar que de acordarse la medida cautelar y continuar el interesado en el cargo de presidente de la RFEF, existe un riesgo real de que estas conductas puedan reiterarse con la consiguiente lesión grave a los bienes jurídicos que la normativa disciplinaria trata de proteger», añade.

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Fuente: PODER JUDICIAL ESPAÑA

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