El TSJ Madrid declara terminado por desistimiento el recurso contra un acuerdo de la Junta electoral de la RFEJYDA
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 6ª), en su sentencia núm. 15/2025, de 16 enero, declara terminado por desistimiento el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra el acuerdo adoptado por la Real Federación Española de Judo y Deportes Asociados (RFEJYDA), adoptado en el marco de un proceso electoral en el que se amplía el plazo de voto por correo. El actor consideró que esta actuación constituye una vía de hecho y se adopta sin cobertura jurídica. Entiende que vulnera el Reglamento Electoral.
Considera la Sala que «El actor ha entendido que la decisión adoptada por la Real Federación vulneraba la normativa y ha acudido directamente en petición de medida cautelar urgente, sin que de ello pueda deducir una temeridad relevante para valorar la necesidad de imponer las costas. Por otro lado, la decisión de desistir no requiere justificación concreta, puesto que entra en el poder de disposición de las partes y por tanto, puede adoptar la misma sin que sea preciso justificación concreta. realmente se ha solicitado que se le tenga por desistido en un momento inicial de las actuaciones, y por ello, no considera la Sala que existan datos relevantes que permitan imponer las costas al recurrente. Ello sin valorar en modo alguno las cuestiones de fondo que se habían planteado».
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Fuente: CGPJ













