El Tribunal Supremo da la razón al ex presidente del RCD Espanyol y obliga a la Audiencia de Barcelona a dictar nueva sentencia, tras las injurias graves de un socio
El Tribunal Supremo (Sala de lo Penal, Sección 1ª) ha dictado Sentencia núm. 375/2025, el 16 de abril de 2025, por la que declara HABER LUGAR al recurso de casación promovido por la representación legal del ex presidente del REAL CLUB DEPORTIVO ESPANYOL, contra la sentencia de fecha 26 de octubre de 2022, dictada por la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Barcelona, abierto a raíz del recurso entablado contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal núm. 2 de Mataró núm. 325/2021, 3 de noviembre; casando y anulando dicha resolución para que la Sección Quinta de la Audiencia Provincial dicte nueva sentencia descartando el efecto extintivo de la prescripción, tal y como se ha razonado en la fundamentación jurídica de esta sentencia. Declara de oficio las costas procesales.
El Juzgado de lo Penal núm. 2 de Mataró condenó a un socio del RCD Espanyol como autor penalmente responsable de un delito de injurias graves, sin circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de diez meses de multa con una cuota diaria de seis euros, con la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas. Todo ello con imposición al acusado de las costas procesales causadas, en proporción y en relación con el delito de injurias graves incluidas las de la acusación particular.
Contra la anterior sentencia el socio interpuso recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección Quinta, que dictó sentencia revocando la sentencia impugnada, dejando sin efecto sus pronunciamientos y declarando prescrito el delito de injurias que se imputa al aquí apelante, y le absolvió de dicho delito. Declaró de oficio el pago de las costas procesales causadas en las dos instancias.
El ahora recurrente en casación fue presidente del RCD Espanyol desde el año 1997 al 2011, y el máximo accionista del Club; es empresario y dueño de la marca de alimentación «Conservas Dani». El día 3 de noviembre de 2015 se anunció por el Consejo de Administración del Club la adquisición de la mayoría accionarial del Club por la entidad china Rastar Group. El socio acusado estaba registrado en la página web www.pericosonline.com que era la web de referencia para las/os socias/os del RCD Espanyol y de su afición, y bajo el anonimato que le daba el perfil de usuario con el que se había registrado, y durante el proceso de negociación y posterior venta de la mayoría del accionariado del Club al Grupo Rastar, publicó diversos comentarios que fueron calificados como injurias graves por el Juzgado de lo Penal núm. 2 de Mataró.
Puedes acceder al contenido íntegro de la Sentencia del Tribunal Supremo en el siguiente enlace
Fuente: Poder Judicial España













