El TSJ de Andalucía estima el recurso de suplicación del Granada CF SAD sobre el pago de la indemnización a un futbolista

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Sala de lo Social, Sección 1ª, Sede Granada) ha dictado Sentencia núm. 1005/2025, el 9 de abril de 2025, por la que ESTIMA el recurso de suplicación interpuesto por la representación letrada del GRANADA CF SAD, contra la Sentencia 265/2023, de 8 de noviembre, Autos nº 940/2021 del Juzgado de lo Social nº 1 de Granada, sobre cantidad y, en consecuencia, revoca la sentencia de instancia, absolviendo a la demandada con todos los pronunciamientos favorables. Sin costas.

Siendo pacífico que procede reconocer al trabajador, sometido a la relación laboral especial de los deportistas profesionales, la indemnización por fin de la relación laboral temporal prevista en el art. 49.1 c) ET, se discute si se la han abonado o no. La parte actora considera que no se ha producido el abono de tal indemnización y por ello la reclama. Posición distinta mantiene el club de fútbol demandado, al argumentar que en el contrato se pactó expresamente su inclusión -de la indemnización procedente del art 49.1 letra c) ET- dentro de la cláusula sobre retribución, y que sí lo ha percibido.

Puedes acceder al contenido íntegro de la Sentencia del TSJ Andalucía en el siguiente enlace

 

Fuente: Poder Judicial España
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