La Audiencia de Zaragoza no aprecia irregularidades en el proceso electoral de la Federación Aragonesa de Kárate
La Audiencia Provincial de Zaragoza (Sección 3ª) ha dictado Sentencia núm. 210/2025, el 21 de abril de 2025, por la que DESESTIMA el recurso de apelación interpuesto por D. Sebastián, frente Auto de 13 de diciembre de 2024, confirmado por Auto de 14-1-2025 dictado por el Juzgado de Instrucción nº 4 de Zaragoza en Diligencias Previas nº 0002032/2024-0, CONFIRMANDO dicha resolución, con declaración de oficio de las costas de esta apelación.
Las quejas del recurrente se centran en determinados aspectos de un proceso electoral que se habría seguido en la FEDERACIÓN ARAGONESA DE KÁRATE. Una primera queja se refiere a la forma como la Federación habría informado sobre el proceso electoral. Mantiene la parte que no se ha dado cumplimiento a determinados artículos de la Ley 8/2.015. Pero al mismo tiempo dice también que se habría dado cumplimiento al reglamento electoral de la propia Federación.
En cuanto a la falsedad, se refiere la parte a una alteración del censo electoral que se habría cometido mediante la inclusión en el mismo de personas que no podrían tener la condición de electores. Menciona la parte en su denuncia a una persona que, al parecer estaría en esas condiciones.
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Fuente: Poder Judicial España













