La Audiencia de Bilbao ratifica la expulsión de un socio del Athletic de Bilbao de acuerdo con sus Estatutos
La Audiencia Provincial de Bilbao (Sección 3ª) ha dictado Sentencia núm. 160/2025, el 30 de abril de 2025, por la que DESESTIMA el recurso de apelación formulado por D. Basilio contra la sentencia de fecha 10 de diciembre de 2024 dictada por el Juzgado de Primera Instancia núm. 3 de Getxo en el procedimiento ordinario n° 116/2024, la cual confirma, y todo ello con imposición a la apelante al pago de las costas del recurso de apelación.
Según afirma la Audiencia no puede invocarse la infracción del art. 25 de la Constitución en el ámbito disciplinario de las asociaciones privadas. Y que no es contrario al art. 22 de la Constitución que una asociación privada considere como una conducta sancionable el incumplimiento por un asociado de las obligaciones impuestas en los estatutos.
Tampoco es contrario al art. 22 de la Constitución que los estatutos establezcan como causa de expulsión una conducta que los órganos rectores valoren como lesiva a los intereses sociales, en concreto el incumplimiento de las obligaciones impuestas por los estatutos.
El Athletic Club de Bilbao ha procedido a imponer al recurrente las sanciones que ahora impugna cumpliendo el Estatuto interno que regula la organización, estructura y funcionamiento del Club y que en sus artículos 78 a 85 regula el régimen disciplinario estableciendo la potestad sancionadora a la Comisión de disciplina, admitiendo la posibilidad de recurso ante el Comité de apelación y regulando las actuaciones que califica como graves.
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Fuente: Poder Judicial España













