La Audiencia Nacional desestima la solicitud de medidas cautelares del RCD de A Coruña contra resolución sancionadora del Secretario de Estado de Seguridad
La Audiencia Nacional (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 5ª) ha dictado Auto núm. 80/2025, el 23 de julio de 2025, por el que acuerda que NO HA LUGAR A LA MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENSIÓN solicitada por la representación procesal del REAL CLUB DEPORTIVO DE LA CORUÑA, S.A.D.
El REAL CLUB DEPORTIVO DE LA CORUÑA, S.A.D., ha interpuesto recurso contencioso-administrativo contra la resolución de 25 de abril de 2025, del SECRETARIO DE ESTADO DE SEGURIDAD, que desestimó el recurso de reposición deducido contra la resolución de 28 de abril de 2022, de la misma autoridad, por la que se impone una sanción de multa de 100.000 euros por la comisión de la infracción muy grave prevista en el artículo 21.1.1g), en relación con los artículos 2.1 b), 2.2.f) 3.1 y 3.2 a) b) c) d) y h), 6, 7 y 9.4 de la Ley 19/2007, de 11 de julio, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte.
Por otrosí digo el recurrente ha solicitado que se "acuerde la suspensión cautelar de la ejecución de la resolución sancionadora impugnada en el recurso contencioso-administrativo interpuesto, hasta que recaiga sentencia firme en el presente procedimiento".
Aduce sustancialmente la parte recurrente que el abono de la sanción causaría un importantísimo desajuste en la «tesorería del club, causando un grave perjuicio a la entidad deportiva que, precisamente en este momento, está en plenas negociaciones económicas con entidades bancarias, administraciones y jugadores de cara a la próxima temporada, por lo que tener que realizar a corto plazo el ingreso de esa cantidad supondrá un daño prácticamente irreversible (...)».
Puedes acceder al contenido íntegro del Auto de la Audiencia Nacional en el siguiente enlace
Fuente: Poder Judicial España













