El TSJ de Cantabria reconoce la relación laboral a deportistas aficionados que compiten en rugby y cobran 700 euros mensuales

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 1ª, Sede Santander) ha dictado Sentencia núm. 221/2025, el 23 de junio de 2025, por la que DESESTIMA el recurso contencioso-administrativo interpuesto por D. Basilio e impone las costas a la parte demandante con un límite por arriba de 1.500 euros.

La parte demandante diserta sobre el amateurismo tradicional en el Rugby. Su dilucidación ha de guiarse por los hechos concretos del caso que denoten la realidad de la relación de los jugadores con el club demandante, con absoluta independencia del acervo de la modalidad deportiva y sus usanzas históricas.

En este caso, ha quedado demostrado (por transferencias bancarias y recibís) que algunos jugadores cobran 700 euros mensuales; y la Sala no considera verosímil la explicación de la demandante de que se trata de una compensación por gastos. En primer lugar, por su periodicidad, que denota naturaleza de retribución. Y, en segundo lugar, porque los gastos que la demandante dice compensar con esa cantidad, o bien se refieren a los elementos materiales de la actividad o trabajo (los desplazamientos de un club deportivo para practicar el deporte a que se dedica se han de incluir en este concepto), los cuales, de ordinario, la empresa pone a disposición de los trabajadores, o bien pertenece al coste de la vida cotidiana de los jugadores, cuyo sostén se procura con las propias rentas, incluidas las provenientes de la retribución por el trabajo. de gastos los que puede ocasionar la actividad ligada al concepto "tercer tiempo", que la demandante trae a colación.

Puedes acceder al contenido íntegro de la STSJ Cantabria en el siguiente enlace

 

Fuente: Poder Judicial España
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