El TSJ Madrid revoca la resolución del TEARM y recuerda cómo deben considerarse los pagos efectuados por los clubes de futbol a los agentes o intermediarios

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 5ª) ha dictado Sentencia núm. 596/2025, el 14 de julio de 2025, por la que ESTIMA el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Don Leoncio. Todo ello, con imposición de las costas a la Administración demandada en los términos expuestos.

En el presente recurso se impugna la resolución del TRIBUNAL ECONÓMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE MADRID de 28 de abril de 2021 por la cual se desestiman las reclamaciones económico administrativas interpuestas contra acuerdos de liquidación y sanción dictados por la AGENCIA ESTATAL DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA en relación con el IRPF del ejercicio 2016, respecto de la regularización consistente en la imputación al recurrente, como mayores rendimientos del trabajo, de los pagos efectuados por los clubes de fútbol REAL MADRID CF y la JUVENTUS FC al agente de futbolistas D. Héctor , a través de la sociedad SOCCER BUSINESS SPORT, S.L., por tratarse de pagos realizados en nombre y por cuenta de D. Benigno y respecto de la sanción correspondiente a este incremento y al incremento del rendimiento íntegro de la actividad económica como consecuencia de la operación vinculada con la sociedad TAMORA 2011 S.L.

Por lo que a este recurso importa, el acuerdo de liquidación de 28 de mayo de 2019, siguiendo al acta de inspección que le precede, resuelve imputar, en el ejercicio 2016, como un mayor rendimiento de trabajo del obligado tributario, las cantidades satisfechas por el Real Madrid y la Juventus a la entidad Soccer Business Sport, S.L., en concepto de agente por la representación e intermediación en la contratación del obligado tributario por los clubes mencionados.

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Fuente: Poder Judicial España

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