El TSJ Navarra desestima los recursos de suplicación del Club Atlético Osasuna y de su ex director de seguridad
El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (Sala de lo Social, Sección 1ª, Sede Pamplona) ha dictado Sentencia núm. 327/2025, el 18 de septiembre de 2025, por la que acuerda:
1º DESESTIMAR el recurso de suplicación interpuesto por don Amador frente a la sentencia 149/2025, de fecha 4 de abril de 2025, dictada por el Juzgado de lo Social nº 2 de Pamplona/Iruña en el procedimiento sobre despido y tutela de derechos fundamentales nº 1248/2024, seguido frente al CLUB ATLETICO OSASUNA.
2º DESESTIMAR el recurso de suplicación interpuesto contra dicha sentencia por el CLUB ATLETICO OSASUNA.
3º Confirmar la sentencia recurrida.
4º Condenar al CLUB ATLETICO OSASUNA a abonar el importe de 800 euros, más el IVA correspondiente, en concepto de honorarios a la parte impugnante de su recurso.
5º La pérdida de la consignación y depósito para recurrir, a los que se le dará el destino que corresponda una vez firme la presente sentencia.
Ante el Juzgado de lo Social Nº 2 de Pamplona/Iruña de los de Navarra, se presentó demanda por don Amador -que desempeñaba el cargo de Director de Seguridad, en el Departamento de Seguridad-, en la que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminaba suplicando se dictara sentencia por la que se declare la NULIDAD del despido de don Amador con todas las consecuencias legales inherentes, condenando a la demandada a estar y pasar por dicha declaración a todos los efectos y a todas las responsabilidades económicas que se deriven de la presente acción legal, debiendo indemnizar a la demandante en la cantidad de QUINCE MIL EUROS (15.000€) en concepto de daño moral.
Puedes acceder al contenido íntegro de la Sentencia del TSJ Navarra en el siguiente enlace
Fuente: Poder Judicial España













