La Audiencia de Madrid desestima el recurso de apelación del padre de un jugador de baloncesto menor de edad que fue condenado por amenazas a otro menor
La Audiencia Provincial de Madrid (Sección 17) ha dictado Sentencia núm. 463/2025, el 24 de septiembre de 2025, por la que DESESTIMA el recurso de apelación interpuesto por D. Pablo Jesús y se CONFIRMA la sentencia de 30 de junio de 2025 dictada en el Juicio sobre Delitos Leves 753/2025 por el Juzgado de Instrucción nº 2 de Fuenlabrada. Se declaran de oficio las costas de este recurso.
De lo actuado resulta probado y así se declara que, en fecha 10 de mayo de 2025, se celebró en el Colegio un partido de baloncesto entre el equipo del "Club A" y el equipo del "Club B", de categoría cadete, siendo jugador del primer equipo el menor Torcuato. y, del segundo, el menor Florentino, hijo éste del denunciado D. Pablo Jesús, que, a su vez, es entrenador del equipo "Club B".
Resulta acreditado que, durante el partido, el menor Torcuato, violentando la deportividad que debe presidir cualquier actividad deportiva, se dirigió de manera constante e insistente al menor Florentino, profiriéndole insultos y actuando de forma vejatoria e indecorosa contra él, perturbando al menor Florentino hasta el punto de que el mismo llegó a solicitar al entrenador del equipo -y que resulta ser su padre, hoy denunciado-, el cambio para no seguir jugando.
En dichas circunstancias, en el descanso del partido, el delegado del equipo "Club B" se dirigió al delegado y jugadores del equipo "Club A" a fin de recriminarles su actitud antideportiva y a fin de que cesaran en su actuación, iniciándose una tangana con respuestas desafiantes del menor Torcuato. que recibieron como respuesta, por parte del hoy denunciado «...o dejas tranquilo a mi hijo o te doy de ostias...». Igualmente, acreditado resulta que el menor Torcuato ha sido sancionado por la Federación de Baloncesto de Madrid, por la comisión de una falta grave, con suspensión de dos partidos por infracción de los arts. 44.a) y 31 b) del reglamento disciplinario de la Federación de Baloncesto de Madrid «...por actos vejatorios contra un jugador del equipo contrario y trascendencia social de la acción." (sic).»
El fallo de la sentencia apelada es del siguiente tenor: «Que DEBO CONDENAR y CONDENO a Pablo Jesús, como autor de un DELITO LEVE de AMENAZAS del art. 171.7 CP a la pena de DOS MESES MULTA con cuota diaria de 6 euros, y responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas. Se imponen las costas a Pablo Jesús.»
Puedes acceder al contenido íntegro de la Sentencia de la Audiencia de Madrid en el siguiente enlace
Fuente: Poder Judicial España













