La Audiencia de León confirma la condena al ex presidente de la Federación Territorial de Lucha de Castilla y León por desvío de fondos sin justificar
La Audiencia Provincial de León (Sección 3ª) ha dictado Auto núm. 850/2025, el 24 de septiembre de 2025, por el que DESESTIMA el recurso de apelación interpuesto por D. Román, frente al auto dictado por el Juzgado de Instrucción nº 1 de León el día 6 de marzo de 2025, confirmado por auto de fecha 16 de mayo de 2025 al desestimarse el recurso de reforma presentado, que acuerda la continuación de las actuaciones por los trámites del procedimiento abreviado, cuya resolución CONFIRMA. Con declaración de oficio de las costas que se hayan podido causar.
En la resolución objeto de apelación se relatan los siguientes hechos punibles «D. Román, fue presidente de la FEDERACIÓN TERRITORIAL DE LUCHA DE CASTILLA Y LEÓN, desde el 3 de julio de 2018 hasta el 12 de agosto de 2021, siendo gestionada dicha entidad desde el año 2021 por una comisión gestora, después del procedimiento electoral. Mientras se producía la separación entre la FEDERACIÓN TERRITORIAL DE LUCHA DE CASTILLA Y LEÓN, y la FEDERACIÓN DE LUCHA LEONESA, D. Román, que fue presidente de ambas, desvió cantidades económicas sin justificar, y sin seguir un procedimiento reglamentario, utilizando también fondos de la FEDERACIÓN TERRITORIAL DE CASTILLA Y LEÓN DE LUCHA para la constitución de la federación de lucha leonesa.
Asimismo, estando en comisión gestora, e incluso después de dejar de ser presidente de la FEDERACIÓN TERRITORIAL DE LUCHA DE CASTILLA Y LEÓN, D. Román, retiró cantidades a cuenta de esta última, sin autorización ni justificación, obviando cualquier tipo de procedimiento legal, llegando a utilizar fondos de la federación TERRITORIAL DE LUCHA DE CASTILLA Y LEÓN para fines particulares.
Asimismo, a pesar de haber cobrado el importe de las licencias de clubes y deportistas con relación a la licencia nacional de la FEDERACION ESPAÑOLA DE LUCHA, no abonó la cuota correspondiente a esta última (I) generando una deuda de VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE EUROS (29.547€); (II) dando un uso diferente a los fondos recibidos por los importes de la licencia, pues, una parte debe destinarse a la FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE LUCHA, y nunca llegó a esta última.
Asimismo, a pesar de haber cobrado el importe por el servicio de ambulancias de la actividad deportiva por parte de las diferentes administraciones, nunca empleó ese dinero a su finalidad, generando una deuda con la empresa AUTO TRANSPORTES SANITARIOS SL, de NUEVE MIL SEISCIENTOS SESENTA EUROS (9.660€)».
Puedes acceder al contenido íntegro del Auto de la Audiencia de León en el siguiente enlace
Fuente: Poder Judicial España













