El TSJ Extremadura desestima el recurso de apelación del ex presidente y del ex secretario general de la Federación Extremeña de Fútbol, por la comisión de un delito continuado de administración desleal

El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (Sala de lo Civil y Penal Sección 1ª, Sede Cáceres) ha dictado Sentencia núm. 22/2026, el 18 de marzo de 2026, por la que DESESTIMA el recurso de apelación interpuesto por D. Carlos Jesús y D. José María, contra la sentencia núm. 66/2025, dictada por la Sección 2.ª de la Audiencia Provincial de Cáceres el 25 de noviembre de 2025, en el procedimiento abreviado 66/2025, por un delito continuado de administración desleal, y CONFIRMA íntegramente dicha resolución, con imposición de las costas devengadas en esta alzada a los recurrentes, por mitad, incluidas las de la acusación particular.

El acusado D. José María fue Secretario General de la Federación Extremeña de Atletismo (FAEX) desde 1995 hasta diciembre de 2020, actuando también durante ese periodo como gerente de la FAEX. El acusado ejercía esas funciones al no haberse designado a otra persona para el cargo de Gerente, de conformidad con lo establecido en el art. 53 de los Estatutos. Además de las funciones inherentes a esos cargos, el acusado, que era técnico deportivo, entrenador y juez de competiciones deportivas, desarrolló en el seno de la Federación diversas actividades en tal condición. El acusado D. Carlos Jesús fue Presidente de la (FAEX) en el mismo periodo temporal que aquel (desde 1995 hasta diciembre de 2020).

Puedes acceder a la Sentencia del TSJ Extremadura en el siguiente enlace

Fuente: CGPJ
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