La Audiencia de Valladolid desestima el recurso de apelación de la Federación de Tiro Olímpico de Castilla y León en relación con la proclamación provisional de los representantes en la Asamblea General
La Audiencia Provincial de Valladolid (Sección 2ª) ha dictado Sentencia núm. 137/2026, el 19 de marzo de 2026, por la que DESESTIMA el recurso de apelación interpuesto por la FEDERACIÓN DE TIRO OLÍMPICO DE CASTILLA Y LEÓN contra el auto dictado el 30 de diciembre de 2025, desestimatorio del recurso de reforma interpuesto contra el de 20 de octubre de 2025, dictados por el Juzgado de Instrucción número Tres de Valladolid en las Diligencias Previas 2557/2025, confirmando la indicada resolución sin hacer expresa imposición de las costas del presente recurso.
Se interpone por la FEDERACIÓN DE TIRO OLÍMPICO DE CASTILLA Y LEÓN recurso de apelación solicitando la revocación del auto que acuerda el sobreseimiento y que se continúe la tramitación de la causa.
El escrito de denuncia de la FEDERACIÓN DE TIRO OLÍMPICO DE CASTILLA Y LEÓN se dirige contra Don Julián, Don Óscar y Doña Felicidad como miembros de la Junta Electoral de la Federación y contra Don Blas de quien se indica que se atribuye la condición de Presidente. Según consta en la abundante documentación que ha sido aportada por la Federación recurrente, tanto con su denuncia como con los escritos de interposición de los recursos de reforma y apelación, en el año 2025 se han ido dictando acuerdos por la Junta Electoral Federativa en relación con la proclamación provisional de los representantes elegidos para integrar la Asamblea General (3 de julio de 2025); en relación con la inadmisión de la candidatura a presidente de Don Ramón (3 de julio de 2025); en relación con la ratificación del acuerdo de no reconocer la candidatura de Don Ramón, proclamando presidente electo a Don Blas (18 de julio de 2025) y respecto de la decisión de convocar al Presidente de la Federación para proceder a su toma de posesión el 26 de septiembre (23 de septiembre de 2025).
Todas estas resoluciones han sido recurridas ante el Tribunal del Deporte de Castilla y León, y según las resolución del Tribunal del Deporte que se han aportado, estos recursos han sido estimados por el Tribunal del Deporte que, en el Expediente en resolución de 16 de octubre de 2025 que se adjuntó al recurso de reforma, acordó como medida cautelar «la suspensión de todos los acuerdos y resoluciones adoptadas por la Junta Electoral de la Federación posteriores al momento de la proclamación definitiva de miembros electos de la Asamblea General de la Federación citados en contra de lo establecido en las resoluciones de este Tribunal, y en especial los referidos a la proclamación provisional y definitiva del Presidente Electo así como a la toma de posesión de éste».
Puedes acceder al contenido íntegro de la Sentencia de la Audiencia de Valladolid en el siguiente enlace
Fuente: Poder Judicial España













