La Audiencia Nacional desestima el recurso de apelación del Málaga CF contra la sanción impuesta por vulneración de los Estatutos Sociales de LaLiga
La Audiencia Nacional (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 6ª) ha dictado sentencia núm. 353/2026, en fecha 30 de junio de 2026, por la que acuerda:
- 1. DESESTIMAR el recurso de apelación interpuesto por el MÁLAGA CLUB DE FÚTBOL SAD contra la Sentencia dictada en fecha de 3 de marzo de 2023, por el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo nº 9, que SE CONFIRMA en su integridad.
- 2.- Con expresa IMPOSICIÓN de las costas causadas a la parte apelante.
En fecha de 24 de febrero de 2021, el Comité de Control Económico de LA LIGA acordó la incoación del expediente 12/2020 -2021 contra el MÁLAGA, CLUB DE FÚTBOL por supuesta infracción del artículo 78.bis.3.c) de los Estatutos Sociales de La Liga como consecuencia de denuncia.
Tras la tramitación correspondiente, por resolución del Comité de Control Económico de fecha 21 de mayo de 2021 se acuerda imponer al MÁLAGA CLUB DE FÚTBOL la sanción de multa por importe de 300.000,00 euros por la comisión de la infracción del artículo 78 bis .3.c) de los Estatutos Sociales de La Liga. Todo ello en la temporada 2019-2020.
Se recurrió en segunda instancia dicha resolución, resolviéndose en fecha de 29 de junio de 2021, por el Comité de Segunda Instancia de la Licencia UEFA en sentido desestimatorio, al entender que las razones esgrimidas por el Málaga CF, no pueden exonerarle de responsabilidad al no existir norma alguna, ni en los Estatutos ni en las Normas de Presupuestos de los Clubes y SAD de la Liga Nacional de Fútbol Profesional que así lo contemplen.
Frente a la mencionada resolución se interpuso recurso por el MÁLAGA CLUB DE FÚTBOL, resolviéndose en fecha de 29 de junio de 2021 por el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL DEPORTE en sentido desestimatorio, y en lo que respecta a la culpabilidad del recurrente.
Contra la Resolución de 29 de junio de 2021, se interpone recurso contencioso administrativo, del que conoce el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo número 9, dictando Sentencia en fecha de 3 de marzo de 2023 aquí ahora apelada.
Puedes acceder a la Sentencia de la Audiencia Nacional en el siguiente enlace
Fuente: Poder Judicial España













