La Audiencia de Badajoz desestima el recurso interpuesto por la TGSS contra el CD Badajoz SAD
La Audiencia Provincial de Badajoz (Sección 2ª) ha dictado Sentencia núm. 325/2026, el 17 de abril de 2026, por la que DESESTIMA el recurso de apelación interpuesto por la TGSS contra la sentencia dictada por Juzgado Mercantil nº 1 de Badajoz con fecha 22 de mayo de 2025 en el ICO núm. 193/2022/0001 y, en consecuencia, CONFIRMA íntegramente la resolución recurrida.
El Juzgado Mercantil nº 1 de Badajoz dictó sentencia, cuyo fallo es el siguiente: «Que debo DESESTIMAR Y DESESTIMO la demanda interpuesta por la TGSS contra CLUB DEPORTIVO BADAJOZ SAD, sin especial pronunciamiento en costas».
Contra la expresada resolución se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la TGSS.
Hechos relevantes: i) En fecha 13 de noviembre de 2023 se dictó sentencia aprobando el convenio, en el que se pactaba una espera de 5 años, los dos primeros de carencia y los siguientes con una quita del 50%. ii) Los créditos masa quedan excluidos del convenio, al igual que los privilegiados. iii) A fecha 9 de septiembre de 2024 el CLUB DEPORTIVO BADAJOZ SAD tenía 22 trabajadores de alta en la Seguridad Social, adeudándose créditos masa correspondientes a las cuotas de febrero a junio de 2024, por importe de 155.239,07 euros. iv) CLUB DEPORTIVO BADAJOZ SAD ha abonado 72.000 euros del crédito privilegiado, y ha abonado los seguros sociales desde julio de 2024 hasta la fecha de la sentencia de instancia.
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