El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco anula una multa y una inhabilitación de caza por falta de precisión en la infracción imputada

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 1ª) ha dictado la sentencia núm. 216/2026, de 1 de julio, por la que ESTIMA el recurso contencioso-administrativo planteado por D.  Remigio, contra la Orden Foral de 30 de septiembre de 2024 del Diputado de Equilibrio Territorial Verde, de la DIPUTACIÓN FORAL DE GIPUZKOA, en la que se le impusieron las sanciones de multa de mil euros y prohibición de cazar durante un año y ocho meses; y, en consecuencia, ANULA la resolución recurrida, así como las sanciones y DECLARA la obligación de la Diputación de devolver al demandante las cantidades que hubiera abonado en concepto de sanción, con los intereses legales que procedan. Sin imposición de costas.

El demandante D. Remigio impugna la resolución sancionadora y expone lo siguiente: Es miembro del grupo de gestión nº 42 que tenía otorgada la autorización para cazar en la zona de caza contralada 1 que abarca, entre otros, el término municipal de Deba, donde, el día 17 de diciembre de 2023, encontrándose el grupo de gestión realizando una batida de caza mayor, tuvo lugar el fatídico accidente que terminó con la vida de una mujer. A raíz de los hechos la Ertzaintza realizó el correspondiente atestado que, remitido a los Juzgados de Eibar, se incoaron las oportunas Diligencias Previas (647/2023) resultando investigados por su presunta responsabilidad penal en los hechos tres de los participantes en la batida, a saber, el autor del disparo, el responsable del grupo de gestión y el postor que colocó los puestos de la batida. Por su parte, el Servicio de Flora y Fauna de la Diputación Foral de Gipuzkoa, solicitó al Servicio de Investigación Criminal de la Ertzaintza un informe sobre los hechos acontecidos y en base a mismo incoó expedientes disciplinarios a los integrantes del grupo de gestión.

Los hechos imputados al demandante en la resolución sancionadora son: 1) Cazar en zona de seguridad a menos de 200 metros de las viviendas. 2) Realizar la batida en un lugar no autorizado.

Puedes acceder a la Sentencia del TSJ del País Vasco en el siguiente enlace

 

Fuente: CGPJ
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