Inconstitucionalidad del art. 4.º de la Ley 7/2015, de 14 de mayo, de modificación de la Ley catalana del Ejercicio de las Profesiones del Deporte

En el Boletín Oficial del Estado número 191, de 11 de agosto, aparece publicada la Sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional 102/2017, de 20 de julio, con la que se resuelve el recurso de inconstitucionalidad 857-2016, interpuesto por el Presidente del Gobierno en relación con diversos preceptos de la Ley del Parlamento de Cataluña 7/2015, de 14 de mayo, de modificación de la Ley 3/2008, del ejercicio de las profesiones del deporte.

El Tribunal Constitucional estima parcialmente el recurso, declarando inconstitucional y nulo el artículo 4 de la Ley del Parlamento de Cataluña 7/2015, de 14 de mayo, de modificación de la Ley 3/2008, del ejercicio de las profesiones del deporte, en tanto dicho precepto legal atribuye a un órgano autonómico la potestad de establecer convenios y acuerdos con Estados miembros de la Unión Europea sobre equiparación de profesiones deportivas. En lo demás, se desestima el recurso.



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