Sentencia del Juzgado de lo Mercantil de Sevilla de 15 de septiembre de 2017 (Caso Lopera)
El Magistrado de Refuerzo del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Sevilla ha dictado la Sentencia de 15 de septiembre de 2017 en el Juicio Ordinario 714/2012.
En ella declara la nulidad de la suscripción de 30.869 acciones de la entidad Real Betis Balompié SAD, propiedad originariamente de la entidad Familia Ruiz Avalos SA (FARUSA) y la suscripción de 6.000 acciones de la entidad Real Betis Balompié SAD realizada por Don Manuel Morales Luna y Don José León Gómez, actualmente tituladas por la entidad Familia Ruiz Avalos SA (FARUSA).
Asimismo, condena a la Familia Ruiz Avalos SA (FARUSA) a devolver a la entidad Real Betis Balompié SAD los títulos nominativos representativos de las acciones referidas que estuvieran emitidos para su destrucción. Y a la entidad Real Betis Balompié SAD a cancelar en el Libro Registro de Acciones Nominativas los asientos correspondientes a las acciones anuladas.
Se absuelve al Real Betis Balompié SAD, a Doña Alfonsa García Venegas y a Doña Mercedes Hidalgo Leyva de todos los restantes pedimentos deducidos en su contra.
Las defensas de Manuel Ruiz de Lopera y de la sociedad Farusa han anunciado que recurrirán esta Sentencia
Descarga aquí el texto de la Sentencia.
En ella declara la nulidad de la suscripción de 30.869 acciones de la entidad Real Betis Balompié SAD, propiedad originariamente de la entidad Familia Ruiz Avalos SA (FARUSA) y la suscripción de 6.000 acciones de la entidad Real Betis Balompié SAD realizada por Don Manuel Morales Luna y Don José León Gómez, actualmente tituladas por la entidad Familia Ruiz Avalos SA (FARUSA).
Asimismo, condena a la Familia Ruiz Avalos SA (FARUSA) a devolver a la entidad Real Betis Balompié SAD los títulos nominativos representativos de las acciones referidas que estuvieran emitidos para su destrucción. Y a la entidad Real Betis Balompié SAD a cancelar en el Libro Registro de Acciones Nominativas los asientos correspondientes a las acciones anuladas.
Se absuelve al Real Betis Balompié SAD, a Doña Alfonsa García Venegas y a Doña Mercedes Hidalgo Leyva de todos los restantes pedimentos deducidos en su contra.
Las defensas de Manuel Ruiz de Lopera y de la sociedad Farusa han anunciado que recurrirán esta Sentencia
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