Capital social mínimo para las Sociedades Anónimas Deportivas que participen en la competición profesional de fútbol femenino
En el Boletín Oficial del Estado, núm. 189, de 7 de agosto de 2025, se ha publicado la Resolución de 22 de julio de 2025, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publica la cifra a la que hace referencia el artículo 3.2.a) del Real Decreto 1251/1999, sobre Sociedades Anónimas Deportivas, para la competición profesional de fútbol femenino.
Se determina, de acuerdo con los datos obrantes en este Consejo Superior de Deportes y previo el preceptivo informe de la Liga Profesional de Fútbol Femenino, el cálculo al que hace referencia el artículo 3.2.a) del Real Decreto 1251/1999, de 16 de julio, sobre Sociedades Anónimas Deportivas, para la competición profesional de fútbol femenino, en la cantidad de cuatrocientos catorce mil novecientos cuarenta y un euros con cuarenta céntimos (414.941,40 €).
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