La Fundación Deportiva del Ayuntamiento de Valencia reconoce no cumplir la Ley de Transparencia, pero promete hacerlo
Con la intención de documentar el libro Fomento Municipal del deporte federado (Colección de Derecho Deportivo, Reus, Madrid, 2020), me dirigí hace seis meses al Consistorio Valenciano solicitando un acceso investigador para obtener información sobre los posibles acuerdos, contratos o convenios por los que se autoriza a los clubes deportivos de la ciudad, las federaciones deportivas y las sociedades anónimas deportivas a usar de las instalaciones públicas municipales.
Por supuesto esta información ya debería estar expuesta, en acceso libre y universal, en el Portal municipal de Transparencia. Pero los responsables públicos municipales han venido demorando su obligación de publicar los documentos, ninguneando las solicitudes en este sentido y manifestando sin ningún sonrojo «su firme compromiso de cumplir la ley», eso sí «a la mayor brevedad posible», ya que reconocen que «no se ejecutó en el momento que correspondía». Y justificando este incumplimiento en «las difíciles circunstancias que nos han tocado vivir». Como si el coronavirus hubiera infectado los convenios y contratos municipales, activando así una especie de protocolo fantasma que ha dejado a estos documentos en cuarentena para no hacerlos públicos. Una cuarentena que viene durando toda la vida, censura en definitiva, pues el Consistorio Valenciano no ha hecho nunca pública esta información, ni siquiera a partir del 2 de abril del año 2015 en que le obligaba a ello la Ley de Transparencia, Buen Gobierno y Participación Ciudadana.
Si, como reconocen los responsables de este escrito, el Ayuntamiento de Valencia y su Fundación Deportiva vienen incumpliendo la obligación legal de hacer públicos determinados actos, contratos, convenios y acuerdos relativos a la cesión o autorización de uso de instalaciones deportivas, parece obvio que también se está privando a la ciudadanía de su derecho a la información, incluidos los posibles lectores-as del libro a que he hecho referencia al comienzo de este comentario y a los alumnos universitarios de gestión deportiva y/o pública, a quienes también se priva de las respuestas que nos aclaren qué procedimiento ha tramitado el Ayuntamiento para que un club profesional explote una instalación pública; qué procedimiento de pública concurrencia se ha tramitado para que algunas federaciones deportivas exploten instalaciones polideportivas complejas; o qué actos administrativos o acuerdos son los que autorizan negocios privados en múltiples instalaciones deportivas municipales…
Parece obvio que en un Estado democrático y de Derecho, ningún ciudadano debería invertir su tiempo en redactar escritos solicitando a la Administración que cumpla con la Ley de Transparencia y Buen Gobierno. Pero cuando esta vía es inservible es obvio que nadie puede privarnos del derecho a la libertad de expresión, haciendo pública una crítica legítima como esta.
Cuando en un sistema democrático y de Derecho se verifica que una Administración incumple la ley durante años, de manera deliberada y consciente, es seguro que existen otras instituciones en el sistema, o agentes sociales, que actúan en nuestra salvaguarda, como el Consejo Autonómico de Transparencia, el Sindic de Greuges (Defensor del pueblo Valenciano), incluso los propios partidos políticos o sus entidades vinculadas. ¿Pero, de verdad actúan?...
Al igual que yo, creo que también los lectores-as de los libros ya publicados sobre gestión pública, así como los alumnos universitarios, pensamos que lo verdaderamente importante en esta cuestión no es que ninguna de estas instituciones nos dé la razón, pues ya la tenemos. Lo verdaderamente importante es que estas instituciones, agentes sociales y representantes cívicos tomen cartas en el asunto y actúen, demostrando así que, aunque existan responsables, lo que no hay son instituciones cómplices ni tampoco encubridores.
Julián Hontangas Carrascosa
Doctor en Derecho
Especialista en Derecho Deportivo y Gestión Público
Profesor de la UCV y la UPV
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