Convenios de integración: ¿la solución a los conflictos federativos? El espacio de mediación como garante de una convivencia deportiva sostenible
Los convenios de integración, regulados por el artículo 48 de la Ley 39/2022, del Deporte, pretenden ordenar la relación entre federaciones deportivas autonómicas y federaciones españolas, con el objetivo declarado de garantizar la participación de los deportistas sin interferencias derivadas de disputas competenciales o económicas. Sin embargo, la ambigüedad normativa y la falta de desarrollo reglamentario han convertido a estos convenios en posibles focos de conflictividad.
Este artículo analiza el alcance jurídico de los convenios de integración, las consecuencias derivadas de su no suscripción y los contenidos mínimos exigidos por la legislación, subrayando la necesidad de salvaguardar la autonomía y la igualdad entre federaciones en su negociación. Asimismo, examina el papel esencial de la mediación, y especialmente del espacio de mediación, entendido como un sistema estructurado que trabaja con toda la vida del conflicto, desplegando funciones educativas, reparadoras y asegurando un alto grado de cumplimiento de los acuerdos alcanzados. Se concluye que la inclusión explícita de mecanismos de mediación en los convenios representa una estrategia clave para fortalecer la sostenibilidad institucional y proteger el interés superior del deporte.
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Marisa Santana Delgado / Eric Jara Lliteras












