Sentencia del TJUE sobre el TAS: ¡Éramos pocos y parió la abuela!
Este dicho del refranero castellano no puede ser más certero en estos días. ¿Y por qué, me dirán ustedes? Pues es que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en el asunto C-600/23, el famoso «caso Seraing», ha dado otro golpe sobre la mesa para que quienes trabajamos en el derecho deportivo tengamos más de qué preocuparnos.
¿O no? me responderán algunos, porque, como veremos, puede ser más trabajo para los letrados.
Desde 2016, el club belga RFC Seraing demandó a la FIFA y, tras perder en el Tribunal Arbitral del Deporte (TAS-CAS), llevó el caso en apelación ante el Tribunal Federal Suizo, que ratificó el laudo. Luego, los belgas reclamaron en su propio país, llegando hasta el Tribunal de Casación, que pidió ayuda a la Unión Europea mediante una pregunta prejudicial para saber si un laudo arbitral de una entidad fuera de la UE, como el TAS en Suiza, podría tener efecto definitivo y si contradiría el derecho comunitario.
Puedes acceder al artículo completo publicado en IUSPORT por Juan de Dios Crespo Pérez, socio de la AEDD, en el siguiente enlace
Juan de Dios Crespo Pérez












