La Audiencia Provincial de Logroño se pronuncia sobre la limitación de apuestas deportivas

La Audiencia Provincial de Logroño (Sección 1ª) ha dictado la sentencia núm. 470/2024 por la que estima el recurso de apelación de un usuario de apuestas deportivas contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Logroño de fecha 17 de enero de 2024, en el juicio ordinario 701/2022, revocando y estima la demanda por la que debe reconocerse el derecho a usar libremente y sin ningún tipo de limitación, salvo el propio de cada mercado y común para todos los usuarios, dentro del marco legal aplicable, los servicios de apuestas deportivas ofertados por la empresa de apuestas en su plataforma de juego.

El usuario afirmó que la demandada, paulatinamente y sin previo aviso, le limitaba el importe a apostar en determinadas apuestas deportivas y a los eventos que igualmente la demandada consideraba oportunos, reservándose la demandada el derecho a decir quien, cuanto y cuando puede apostar, sin criterio objetivo alguno.

Alegaba que a pesar de tener un saldo suficiente en su cuenta no se le respeta ni el límite personal establecido en el artículo 12.2 de la Orden EHA/3080/2011, ni el límite común del mercado para los demás usuarios. Y concluía solicitando el reconocimiento del derecho a usar libremente y sin ningún tipo de limitación, salvo el propio de cada mercado y común para todos los usuarios, dentro del marco legal aplicable, los servicios de apuestas deportivas ofertados por la demandada, para la que tiene licencia de operador, condenando a la demandada a estar y pasar por tal declaración.

Puedes acceder a la Sentencia de la Audiencia Provincial de Logroño en el siguiente enlace

Fuente: CGPJ

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