La Audiencia de Valencia se pronuncia sobre la práctica federada del motociclismo por un menor de edad y la patria potestad
La Audiencia Provincial de Valencia (Sección 10ª), en su sentencia núm. 540/2024, de 16 de octubre, desestima el recurso de apelación formulado el progenitor del menor de edad contra el auto de 22 de abril de 2024 del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 1 de Sagunto, que confirma, sin condena en costas y con pérdida del depósito.
Según la Audiencia, «la práctica del deporte de alta competición por un menor de edad siempre exige renuncias y, con carácter general, deben ponderarse los beneficios inherentes a la culminación de esa aspiración, que pueden ser brillantes, con los riesgos más inmediatos y habituales, que son los descritos. Precisamente por eso la práctica del deporte de alta competición por un menor precisa de un acompañamiento familiar constante y sólido, de una gran resistencia psicológica y de adaptación académica específica».
Puedes acceder a la Sentencia de la Audiencia Provincial el siguiente enlace
Fuente: CGPJ













