El TSJ País Vasco resuelve sobre el régimen de tributación de los árbitros profesionales

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1ª, Sede Bilbao) ha dictado sentencia núm. 61/2025, el 24 de enero de 2025, por la que desestima el recurso contencioso-administrativo presentado contra el Acuerdo de 7 de marzo de 2024 del Tribunal Económico-Administrativo Foral de Bizkaia que desestimó la reclamación interpuesta por el aquí demandante contra la Resolución del Servicio de Tributos Directos que desestimó la solicitud de rectificación de las autoliquidaciones de los ejercicios 2018-2022; sin imposición de costas.

En las autoliquidaciones del IRPF de los ejercicios 2018-2022 se integraron al 100% los rendimientos de trabajo correspondientes a la profesión de árbitro de la Real Federación Española de Fútbol. Con fecha 28-06-2023 el recurrente solicitó la rectificación de las mencionadas autoliquidaciones para reducir al 50% la imputación de los rendimientos obtenidos por el ejercicio de la mencionada profesión, y la calificación de los obtenidos por la cesión de derechos de imagen también como rentas irregulares en vez del capital.

Puedes acceder a la Sentencia del TSJ País Vasco en el siguiente enlace

Fuente: CGPJ

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