La Audiencia de Logroño eleva la indemnización a una deportista de tiro olímpico por discriminación por razón de discapacidad

La Audiencia Provincial de Logroño (Sección 1ª) ha dictado la Sentencia núm. 104/2025, el 28 de marzo de 2025, por la que ESTIMA PARCIALMENTE el recurso de apelación interpuesto por doña Macarena contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia núm. 5 de Logroño en fecha 18 de septiembre de 2024, en el procedimiento ordinario 589/2023; y revoca en parte la sentencia de instancia, en el siguiente extremo: la indemnización por daño moral se fija en 8000 euros, en lugar de en 3000 euros fijados en la sentencia de instancia. Se mantienen los restantes pronunciamientos de la sentencia de instancia.

Doña Macarena presentó demanda de protección jurisdiccional civil de los derechos fundamentales de la persona, frente a la REAL FEDERACIÓN RIOJANA DE TIRO OLÍMPICO, la FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE DEPORTES DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD FÍSICA y don Jesús María, alegando que en los últimos años la demandante está siendo víctima de discriminación por razón de sexo y por razón de discapacidad, por parte de los demandados, además de haber sido víctima de tratos degradantes por parte del codemandado don Jesús María.

Los demandados niegan cualquier trato degradante o discriminatorio hacia la demandante. La sentencia de instancia estima parcialmente la demanda, razonando el juez de instancia que no ha quedado acreditado ningún trato degradante ni discriminatorio por razón de sexo hacia la demandante, pero sí que la misma ha sufrido de trato discriminatorio por razón de discapacidad por parte de la FEDERACIÓN RIOJANA DE TIRO OLÍMPICO, a la que condena a abonar a la demandante una indemnización de 3000 euros.

Doña Macarena recurre en apelación la sentencia, solicitando la íntegra estimación de la demanda. La Federación Riojana de Tiro Olímpico recurre en apelación la sentencia, solicitando la íntegra desestimación de la demanda.

Puedes acceder al contenido íntegro de la Sentencia de la Audiencia de Logroño en el siguiente enlace

 

Fuente: Poder Judicial España
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