La Audiencia de Málaga se pronuncia sobra la inexistencia del seguro de responsabilidad civil en la lesión sufrida por un jugador en un partido de baloncesto
La Audiencia Provincial de Málaga (Sección 4ª) ha dictado Sentencia núm. 193/2025, el 13 de marzo de 2025, por la que ESTIMA el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal del DIRECCION000 dejando sin efecto la sentencia dictada en instancia y absolviendo a la parte demandada de las pretensiones formuladas contra ella, con imposición a la actora en las costas de la instancia y sin pronunciamiento sobre las costas de la alzada.
Por la representación procesal de la parte actora se presentó demanda de juicio ordinario en la que se ejercitaba acción de daños y perjuicios derivados de responsabilidad civil con reclamación de la cantidad de 19.536,87 € por entender que la parte demandada debe indemnizar al menor Jaime por las lesiones sufridas en el partido de baloncesto que tuvo lugar el día 27 de febrero de 2019, considerando que la responsabilidad de la demandada procede de la falta de concertación de un seguro que cubriese el evento deportivo, incumpliendo así lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley del Deporte en Andalucía.
El Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Fuengirola dictó sentencia de fecha 21 de noviembre de 2022 por la que se estimaba parcialmente la demanda y se condenaba a la demandada a abonar la cantidad de 17.732,82 más el interés legal devengado desde la interposición de la demanda, hasta su completo pago. Todo ello sin imposición de costas a ninguno de los litigantes.
La Audiencia considera que la inexistencia del seguro de responsabilidad civil contratado por la organizadora del evento no guarda relación con las lesiones sufridas por el hijo de la demandante ni con la imposibilidad de que este reciba una indemnización por las mismas, lo que supone la estimación del recurso de apelación, dejando sin efecto la condena impuesta en instancia.
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Fuente: Poder Judicial España













