El TSJ de Castilla-León desestima el recurso de apelación del CC Mirandés por el despido de una fisioterapeuta

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-León (Sala de lo Social, Sección 1ª, Sede Burgos) ha dictado Sentencia núm. 441/2025, el 29 de mayo de 2025, por la que DESESTIMA el recurso de suplicación interpuesto por el CLUB DEPORTIVO MIRANDÉS, S.A.D. contra la sentencia dictada en fecha 4 de noviembre de 2024 por el Juzgado de lo Social número 2 de Burgos en autos 852/2023, en virtud de demanda promovida por Dª. Noelia frente al recurrente en materia de reclamación de cantidad, y, en consecuencia, CONFIRMA la citada resolución, con expresa condena en costas a la entidad recurrente, que abonará 650 € más IVA en concepto de honorarios del letrado de la recurrida-impugnante.

La demandante, Dña. Noelia ha prestado servicios para el CLUB DEPORTIVO MIRANDÉS S.A.D. desde el día 18/5/2020 hasta el día 22/6/23, fecha en que fue despedida, mediante contrato de trabajo indefinido, a tiempo completo, con la categoría profesional de Fisioterapeuta. El Club contrata a la fisioterapeuta para la recuperación física de los jugadores del primer equipo para la disputa de todos los encuentros en todas las competiciones oficiales en las que participe el CLUB de la temporada (2021/22 y 2022/23) como la Liga, competición de la Copa de S.M. el Rey, así como los posibles partidos de pretemporada o encuentros amistosos.

Por Decreto nº 320/20/23, de fecha 19/9/23, del J. Social nº 2, se homologó el despido, reconociéndose la improcedencia del mismo y abono de la indemnización de 8.808,54 euros.

Puedes acceder al contenido íntegro de la Sentencia del TSJ Castilla-León en el siguiente enlace

 

Fuente: Poder Judicial España
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