El TSJ de Cataluña desestima el recurso del Club Bàsquet Vallromanes contra el Mapa de Instalaciones Deportivas Municipales
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 5ª) ha dictado Sentencia núm. 2402/2025, el 27 de junio de 2025, por la que DESESTIMA el recurso de formulado por el CLUB BÀSQUET VALLROMANES contra el Ayuntamiento de Vallromanes, sin costas.
Es objeto de este recurso la aprobación definitiva del Mapa de Instalaciones Deportivas Municipales (MIEM) de Vallromanes publicado en el DOGC de 19 de octubre de 2022.
La parte actora alega en apoyo de su pretensión, en síntesis, que el AYUNTAMIENTO DE VALLROMANES aprobó un Mapa de Instalaciones y Equipamientos Deportivos Municipales sin haber realizado un estudio de viabilidad relativo a la actividad del basquet, de tal manera que obstaculizando la práctica de la actividad deportiva por parte del Club lo que busca es su desaparición. Se produce una discriminación al no contarse en el MIEM con esta actividad deportiva. No se hace referencia al basquet, a pesar de que el Ayuntamiento de Vallromanes admite su práctica en el término municipal con gran participación ciudadana. El MIEM no motiva la razón o motivos de exclusión de esta actividad. Lo que ha llevado a poner de relieve a la recurrente una serie de deficiencias, en vía administrativa, que se exponen en la demanda.
Por su parte, el Ayuntamiento de Vallromanes se opone señalando que es incierto que exista una discriminación hacia el bàsquet. Que lo que sucede es que la práctica deportiva en el término municipal no se halla en todos los deportes en la misma situación (apartado 1.6 del MIEM). Que es incierto que se haya adoptado y aprobado el MIEM sin estudiar los distintos factores, antes al contrario, se realizó una consulta ciudadana en el municipio, y se obtuvo el preceptivo informe, no vinculante, del Consell Català de l’Esport, y se tuvieron en cuenta las alegaciones de la propia actora, las cuales han sido estimadas, salvo los dos últimos puntos al no ser propios del MIEM.
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Fuente: Poder Judicial España













