El Juzgado de lo Mercantil de Murcia desestima la demanda del Cádiz CF SAD contra su ex administrador

El Juzgado de lo Mercantil de Murcia núm. 1 ha dictado Sentencia el 10 de julio de 2025, por la que DESESTIMA la demanda interpuesta por la mercantil CÁDIZ CLUB DE FÚTBOL S.A.D contra el demandado D. León, sobre acción social de responsabilidad. Todo ello haciendo expresa imposición de las costas procesales causadas a la parte actora.

En la presente litis la sociedad mercantil CÁDIZ CLUB DE FÚTBOL S.A.D., ejercita la acción social de responsabilidad contra el que fuera su administrador solidario D. León pretendiendo que se declare la falta de diligencia y deslealtad con la que actuó durante el ejercicio de su cargo como administrador y que se le condene a reintegrar al activo social la suma de QUINIENTOS SESENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS VEINTE EUROS CON VEINTIUN CENTIMOS (568.720, 21 €) además de declarar su derecho a ser reintegrada de los conceptos variables incluidos en el documento transaccional de fecha 29 de noviembre de los corrientes, entre la actora y D. Jesús María, en caso de llegar a devengarse.

Alega como hechos en los que fundamenta su pretensión, -después de hacer referencia al entramado societario del que afirma que se ha venido valiendo el ahora demandado para desarrollar su actividad mercantil-, básicamente, que D. Alfredo (actual presidente del Consejo de Administración de la actora) y el Sr. León, suscribieron un documento el 7 de agosto de 2017, denominado «Acuerdo de indemnidad recíproca entre socios de la entidad», en el que se acordaba el nombramiento de D. León como Consejero Delegado del Cádiz, C.F., con delegación a favor del mismo, respecto a las atribuciones correspondientes exclusivamente al área deportiva, reservándose D. Alfredo el resto de las facultades estatutarias de representación y defensa del club inherentes a la Presidencia.

Puedes acceder al contenido íntegro de la Sentencia del Juzgado de lo Mercantil de Murcia en el siguiente enlace

 

Fuente: Poder Judicial España
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