El Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo nº 2 estima la demanda del ex presidente de la RFEF contra la resolución del TAD y ordena la retroacción de actuaciones

El Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo nº 2 de Madrid ha dictado Sentencia núm. 128/2025 el 29 de septiembre de 2025, por la que

  • 1. ESTIMA la demanda rectora de esta litis al considerar contraria a derecho la resolución impugnada. En consecuencia:
  • 1.1. La ANULA, por las razones expuestas en el fundamento de derecho sexto de esta sentencia.

    1.2. ORDENA la RETROACCIÓN DE ACTUACIONES al momento anterior al dictado de la resolución sancionadora, para que el TAD valore y tenga en cuenta las alegaciones y pruebas presentadas por el actor frente a la propuesta de resolución y vuelva a resolver con libertad de criterio, pero conforme a derecho.

    1.3. DESESTIMA el resto de los motivos formales de nulidad invocados por la parte actora.

  • 2. IMPONE a la Administración demandada el pago de las costas.
  • El objeto de este recurso es la resolución de 15 de julio de 2024 del expediente disciplinario del Tribunal Administrativo del Deporte, por la que se imponen al actor las siguientes sanciones como autor de infracciones en materia de disciplina deportiva:

    1. Dos años de inhabilitación para ocupar cargos en cualquier federación deportiva por una infracción muy grave de abuso de autoridad [ art. 76.1.a) de la Ley 10/1990], por el cese del secretario general de la RFEF.

    2. Multa de 16 527,84 euros por una infracción muy grave de abuso de autoridad, por la rescisión del contrato con la mercantil GC Legal.

    3. Multa de 16 527,84 euros por una infracción muy grave de abuso de autoridad, por la personación de la RFEF como acusación particular en el Juzgado de Instrucción n.º 4 de Majadahonda.

    La parte demandante solicita la anulación de la resolución por considerarla contraria a derecho, basándose en motivos de nulidad tanto formales (vicios de procedimiento) como de fondo (inexistencia de la infracción y falta de culpabilidad). Subsidiariamente, pide una rebaja sustancial de las sanciones por desproporcionadas.

    La Abogacía del Estado, en representación de la Administración demandada, se opone a la demanda y solicita su íntegra desestimación, defendiendo la plena legalidad de la resolución impugnada.

    Puedes acceder al contenido íntegro de la Sentencia del Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo nº 2 en el siguiente enlace

     

    Fuente: Poder Judicial España
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