La Audiencia de Palma desestima recurso de apelación del Club de Mar Mallorca contra la medida cautelar de suspensión del acuerdo de expulsión de un socio
La Audiencia Provincial de las Islas Baleares (Sección 3ª, Sede de Palma de Mallorca) ha dictado Sentencia núm. 163/2025, el 26 de mayo de 2025, por la que DESESTIMA, con pérdida del depósito constituido para recurrir, el recurso de apelación interpuesto contra el auto dictado en fecha 13 de diciembre de 2024, el cual se confirma en su integridad. La parte apelante ha de pechar con las costas de esta alzada. Contra este auto no cabe recurso de casación.
En esta segunda instancia, se alza la parte demandada, CLUB DE MAR, frente al auto que ha adoptado la medida cautelar consistente en suspensión del acuerdo de la Asamblea General de dicha entidad por el que se priva al actor, de forma definitiva, de su condición de socio. En concreto, la recurrente niega que concurran en el caso los requisitos de apariencia de buen derecho y peligro en la mora procesal.
En lo que concierne a la apariencia de buen derecho, esta sala coincide con la juez a quo en entender que concurre por cuanto los alegatos del demandante no resultan irrazonables ni carecen, prima facie, de fundamento jurídico, de modo que será precisa una minuciosa y detenida valoración de los argumentos jurídicos en liza para determinar si la sanción que se le ha impuesto cuenta con el indispensable respaldo en derecho.
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Fuente: CGPJ













