El TSJ de Cataluña estima el recurso de suplicación de la ex directora técnica del Club Fútbol Reus por despido nulo

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (Sala de lo Social, Sección 1ª) ha dictado la Sentencia núm. 4650/2025, el 18 de septiembre de 2025, por la que ESTIMA el recurso de suplicación interpuesto por Dña. Pura contra la sentencia nº 432/2024 del Juzgado social 1 de Reus, autos 1075/2021-A, de fecha 27 de julio de 2024, añadiendo en la sentencia de instancia el siguiente contenido: "Se condena igualmente solidariamente a los demandados a abonar a la actora el importe de 92.219 euros, más el 10% prevenido en el artículo 29.3 del ET". Se mantiene el restante contenido de la sentencia en su integridad.

La trabajadora Dña. Pura ha venido prestando servicios por cuenta y orden del CLUB DE FÚTBOL REUS y de D. Aurelio con antigüedad desde el 30 de julio de 2021 con la categoría profesional de directora técnica y entrenadora deportiva y con un salario mensual de 2.533,40 euros brutos con prorrata de pagas extraordinarias.

El Juzgado Social núm. 1 de Reus acordó: «Que, estimando la demanda interpuesta por Pura contra Club de Fútbol Reus y Aurelio, declaro el DESPIDO de fecha 15 de octubre de 2021 NULO por vulneración de su derecho a la integridad física en su vertiente de acoso laboral o mobbing, condenando a la empresa demandada Club de Fútbol Reus y al demandado Aurelio a la readmisión de la trabajadora y al abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de esta resolución, a razón de 83,29 euros diarios, pudiendo optar la trabajadora demandante, como víctima del acoso, por extinguir la relación laboral con el correspondiente abono de la indemnización procedente y de los salarios de tramitación, en su caso, conforme al apartado 2 del artículo 281 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Que, estimando la demanda interpuesta por Pura contra Club de Fútbol Reus y Aurelio, condeno solidariamente a los demandados a abonar a la actora, en concepto de indemnización por daños morales, el importe de 30.000 euros. Asimismo, condeno al Club de Fútbol Reus y a Aurelio al pago de las costas procesales, hasta el límite de seiscientos euros

Puedes acceder al contenido íntegro de la Sentencia del TSJ Cataluña en el siguiente enlace

 

Fuente: Poder Judicial España
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