La Audiencia de Logroño no aprecia delito en la decisión técnica de la Federación Riojana de Baloncesto de no designar partidos a un árbitro de forma temporal

La Audiencia Provincial de Logroño (Sección 1ª) ha dictado Sentencia núm. 325/2025, el 4 de septiembre de 2025, por la que DESESTIMA el recurso de apelación interpuesto por D. Cesáreo, contra el auto dictado por el Juzgado de Instrucción, número 1 de Logroño el 22 de agosto de 2024, que desestimaba el recurso de reforma interpuesto contra el anterior auto de 7 de diciembre de 2023, y en consecuencia CONFIRMA dichas resoluciones, declarando de oficio las costas del recurso de apelación.

D. Cesáreo, en representación de su hijo menor de edad Donato, presentó denuncia en la que exponía que, el 15 de febrero de 2023, el Comité Técnico de Árbitros (CTA) de la Federación Riojana de Baloncesto (FRB) impuso al menor una sanción interna consistente en un «descanso técnico» de dos semanas, como consecuencia de haber arbitrado un partido sin autorización de la federación. El denunciante consideró que la medida era injusta y desproporcionada, habida cuenta de que su hijo había actuado de buena fe y de forma gratuita. A partir de la imposición de esa sanción y pese a que finalizó su plazo, Donato no recibió nuevas designaciones arbitrales entre marzo y junio de 2023, salvo en dos partidos, uno de ellos en un domingo previo a un examen, lo que, según el denunciante, le causó un daño emocional agravado por el hecho de padecer otra enfermedad.

Puedes acceder al contenido íntegro de la Sentencia de la Audiencia de Logroño en el siguiente enlace

 

Fuente: Poder Judicial España

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