La Audiencia de Girona desestima el recurso de apelación de la aseguradora en accidente en prueba ciclista

La Audiencia Provincial de Girona (Sección 1ª) ha dictado Sentencia núm. 968/2025, el 1 de octubre de 2025, por la que DESESTIMA el recurso de apelación interpuesto por MAPFRE COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS SA contra sentencia de fecha 18 de octubre de 2024, dictada en los autos de juicio ordinario núm. 297/2023 del Tribunal de Instancia de Ripoll, sección civil (antiguo Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 1 de Ripoll) se CONFIRMA íntegramente la misma, con expresa imposición de las costas de segunda instancia a la parte apelante.

Aproximadamente a las 12:00 h del día 7 de julio de 2019, el hoy actor, de 51 años a la fecha del accidente, de profesión agente inmobiliario, sufre un accidente en el que se ven implicados su bicicleta marca TREK EMOND SL6, conducida por el actor, con el vehículo turismo Volkswagen Passat, asegurado por MAPFRE y conducido por Doroteo en la carretera N 260 Pk 133.5 (término municipal de Ribas de Freser) en la conocida como Collada de Toses, sentido descendente, durante el desarrollo de una prueba ciclista en la que participaban 1496 corredores, pero en la que no está cortado el tráfico a la circulación, sino dirigido por los MMEE con un agente motorizado al inicio de la carrera con bandera amarilla que señaliza el inicio de la misma y el aviso de precaución, un agente motorizado al final de ésta, con bandera verde que pone fin a la carrera y agentes indeterminados en el desarrollo de la misma, con bandera roja, delante de grupos compactos de ciclistas o pelotón.

El actor, en la bicicleta, descendiendo por la Collada de Toses, invade el carril contrario en la salida de una curva e impacta con el manillar de la bicicleta en la parte trasera del turismo, encima de la aleta, provocando el impacto la pérdida del control de la bicicleta, su caída y un conjunto de lesiones, por las que reclama. A resultas del accidente y su evolución, la actora interesa una indemnización de daños y perjuicios por importe de 199.012,93 euros conforme al 1902 del CC.

Puedes acceder al contenido íntegro de la Sentencia de la Audiencia de Girona en el siguiente enlace

 

Fuente: Poder Judicial España
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