El TSJ Cataluña desestima la petición de cautelares del FC Barcelona sobre el convenio con BSM

El Tribunal Superior de Cataluña (Sección 5ª, Sede Barcelona) ha dictado Auto núm. 1328/2025, el 18 de noviembre de 2025, por el que DESESTIMA la petición de medida cautelar solicitada por el FÚTBOL CLUB BARCELONA. Sin costas

La dirección letrada del FUTBOL CLUB BARCELONA interpuso recurso contencioso administrativo contra la resolución número 290/2025, de 16 de enero, dictada por el Pleno de la COMISIÓN DE GARANTÍA DEL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA (GAIP). En el anterior recurso contencioso administrativo, se interesó la adopción de la medida cautelar consistente en suspensión de la ejecutividad y publicidad de la resolución número 290/2025, de 16 de enero, dictada por el Pleno de la GAIP, reclamación número 1107/2024.

En relación con el periculum in mora, explicó que la revelación de las condiciones económicas, de los mecanismos de revisión de precios, de reparto de ingresos, retorno de inversiones, condiciones de mantenimiento y, cualquier otra información relativa al acuerdo o convenio entre la actora y BSM podría repercutir negativamente en la competitividad y en la política económica, ocasionando un daño irreparable frente a su competencia en futuras negociaciones con terceros, al poner de manifiesto sus estrategias técnicas y comerciales, sus condiciones, sus compromisos de inversión y de pactos publicitarios y de patrocinio. Lo anterior, provocaría una posición de debilidad a la actora que le impediría obtener la mayor rentabilidad en la explotación de sus nuevas instalaciones en el Spotify Camp Nou.

Puedes acceder al Auto del TSJ Cataluña en el siguiente enlace

Puedes descargar la resolución 290/2025 de GAIP aquí

Fuente: CGPJ

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