La Audiencia de Madrid estima parcialmente el recurso de Ocaso Seguros en el caso de accidente de un jugador en la pista de pádel por rotura de cristal

La Audiencia Provincial de Madrid (Sección 9ª) ha dictado Sentencia núm. 430/2025, el 22 de octubre de 2025, por el que ESTIMA PARCIALMENTE el recurso de apelación interpuesto por OCASO frente a la sentencia de 5 de Junio de 2024 dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 67 de Madrid en los autos de JOR seguidos con el número de orden 1371/2022 de que trae causa el Rollo 1569/2024 y entender que, estimada de forma parcial la demanda interpuesta, se condena a la entidad demandada a satisfacer al actor: en concepto de secuelas estéticas 4623,20 euros. manteniendo el pronunciamiento de instancia relativo a secuelas funcionales, días de perjuicio personal moderado, e intervenciones quirúrgicas. Dicha suma devengará el interés a que se refiere el art 20 LCS desde la fecha de acaecimiento del hecho. No se hace pronunciamiento condenatorio en costas causadas en la instancia al haber sido sólo de forma parcial estimada la demanda.

D. Federico presentó demanda de JOR contra Ocaso en reclamación de 23.209,37 euros Afirmó que: -el 10 de julio de 2021 D Federico jugaba un partido de pádel junto con otros tres en la pista de de Madrid, y mientras se encontraba jugando dicho partido, uno de los cristales de la pista se rompió ocasionando cortes y lesiones en su antebrazo derecho. Compareció el Samur que trasladó a Federico al hospital -el actor sufrió lesiones estando de baja por incapacidad laboral desde el 12 de julio hasta el 2 de septiembre. -reclama indemnización por lesiones y secuelas. Tras citar los F de Dº que estimó aplicables suplicó se dictara sentencia por la que «...se estimen plenamente los pedimentos recogidos en el presente escrito, condenando al demandado a que abone a mi mandante la cantidad de V EINTITRES MIL DOSCIENTOS NUEVE EUROS CON TREINTA Y SIETE CENTIMOS (23.209,37€) euros, más intereses y costas».

Puedes acceder al contenido íntegro de la Sentencia de la Audiencia de Madrid en el siguiente enlace

 

Fuente: Poder Judicial España
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