La Audiencia de Pontevedra da la razón a LaLiga por la emisión no autorizada de un partido de fútbol en un bar de Moaña
La Audiencia Provincial de Pontevedra (Sección 4ª), en su sentencia núm. 67/2025, de 13 de octubre, acuerda:
Primero.- Desestimar el recurso de apelación interpuesto en fecha 11/09/2025 por Doña María Purificación contra la sentencia de fecha 25 de marzo de dos mil veinticinco dictada por el Juzgado de primera instancia e instrucción número tres de Cangas do Morrazo en el Juicio por Delito leve 247/2024, CONFIRMANDO ÍNTEGRAMENTE todos sus pronunciamientos.
Segundo.- Declarar de oficio las costas procesales de esta alzada.
En fecha 31 de marzo de 2024, María Purificación, en su condición de responsable del establecimiento de hostelería, ubicado en Moaña, siendo conocedora de que carecía de autorización legítima para ello, hizo uso de los dispositivos necesarios para emitir en dicho establecimiento abierto el público el partido de fútbol que se estaba disputando alrededor de las 21.20 horas entre el Real Madrid y el Athletic Club, obteniendo de forma ilegítima la señal decodificada para la emisión de dicho partido, al carecer de contrato de licencia con operadora de pago autorizada para la comercialización de los derechos audiovisuales de la Liga Internacional de Futbol Profesional ni abono del correspondiente canon. Dicha actuación generó a la LALIGA un perjuicio económico de 450,16 euros.
Puedes acceder al contenido íntegro de la Sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra en el siguiente enlace
Fuente: Poder Judicial España













