El TSJ de Andalucía desestima recurso de suplicación de un entrenador contra la Real Federación Española de Piragüismo y Federación Andaluza de Piragüismo

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Sala de lo Social, Sección 1ª, Sede Sevilla) ha dictado Sentencia núm. 3170/2025, el 5 de noviembre de 2025, por la que DESESTIMA el recurso de suplicación interpuesto por Don Teodulfo contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de los de Jerez de la Frontera dictada en los autos nº 15/22, de fecha 30 de junio de 2023, sobre despido en el que se invocó tutela de derechos fundamentales contra REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE PIRAGÜISMO y FEDERACIÓN ANDALUZA DE PIRAGÜISMO, habiendo sido parte el Ministerio Fiscal, debiendo ser confirmada la sentencia recurrida. Sin costas.

La sentencia de origen, estimando parcialmente la demanda promovida por Don Teodulfo contra la Real Federación Española de Piragüismo y Real Federación Andaluza de Piragüismo, siendo parte el Ministerio Fiscal, declaró la improcedencia del despido del actor acordado por la Real Federación Española de Piragüismo el día 14 de diciembre de 2021, por haber extinguido el vínculo contractual sin causa justa que refrendase la extinción contractual, además de haber sido reconocida tal calificación por la empleadora en el acto de la vista oral, condenando a las consecuencias del artículo 56 ET. Descartaba nulidad del despido y absolvió a la codemandada Real Federación Andaluza de Piragüismo de las pretensiones en su contra formuladas por apreciar falta de legitimación pasiva negando la existencia de grupo de empresas torticero entre las codemandadas.

Dicha sentencia es recurrida en suplicación por la parte social al amparo del apartado b) del artículo 193 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, pretendiendo se modifique los Hechos Probados Primero, Tercero y Quinto y, por el cauce del apartado c) del mismo precepto legal interesa, a través de siete motivos de censura jurídica, se revierta el pronunciamiento en la instancia que no le ha sido favorable.

Don Teodulfo ha venido prestando servicios laborales para la empresa REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE PIRAGÜISMO, con antigüedad desde el día 1 de marzo de 2021, categoría profesional de técnico entrenador, en virtud de contrato temporal para obra o servicio determinado («La realización de obra o servicio CICLO OLIMPICO TOKIO 2021-PARIS 2024»).

Puedes acceder al contenido íntegro de la Sentencia del TSJ Andalucía en el siguiente enlace

 

Fuente: Poder Judicial España
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