La Audiencia de Madrid condena a cuatro meses de prisión a un jugador de baloncesto por agresión a un rival

La Audiencia Provincial de Madrid (Sección 23ª) ha dictado Sentencia núm. 478/2025, el 24 de octubre de 2025, por el que ESTIMA PARCIALMENTE el recurso de apelación interpuesto por D. Marcelino contra la sentencia de fecha 7 de marzo de 2025 dictada en Juicio Oral núm. 89-2023 del Juzgado de lo Penal núm.8 de Madrid, y REVOCA PARCIALMENTE dicha resolución, en el solo sentido de fijar la pena de CUATRO MESES DE PRISIÓN, declarando de oficio las costas de esta alzada.

El día 9 de marzo de 2019, hacia las 19:30 horas aproximadamente, el acusado, D. Marcelino, se encontraba disputando con su equipo CAÑITAS Y RON, un partido de baloncesto en el Polideportivo Eduardo López Mateos de la localidad de San Sebastián de los Reyes contra el equipo HOUSTON PACKETS, al que pertenecía el jugador perjudicado D. José Enrique. Durante el juego, y tras ser pitada una falta personal a D. José Enrique, correspondiendo al acusado dos tiros libres, D. José Enrique se colocó detrás de D. Marcelino a fin de coger el rebote, y estando en esa posición, y tras lanzar el acusado los dos tiros, estando el tiempo del partido parado, aquel se giró y guiado con un evidente ánimo de menoscabar la integridad física del otro jugador, se dirigió directamente a D. José Enrique le propinó un codazo en la nariz.

Como consecuencia de ello, D. José Enrique sufrió una fractura de huesos propios nasales, precisando para su curación tratamiento médico consistente en férula y antinflamatorios, tardando 45 días en curar, siendo 25 de ellos impeditivos para sus ocupaciones habituales (perjuicio moderado) y 20 de ellos no impeditivos (perjuicio básico); restándole como secuela una alteración de la respiración nasal por deformidad ósea o cartilaginosa, siendo valorado en 3 puntos de secuela y una desviación septal derecha, perjuicio estético valorado en 3 puntos por el médico forense. El perjudicado reclama por las lesiones sufridas.

Puedes acceder al contenido íntegro de la Sentencia de la Audiencia de Madrid en el siguiente enlace

 

Fuente: Poder Judicial España

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