El TSJ de Cataluña da la razón a la ACB y a ACEB en un litigio por inexistencia de relación laboral con la demandante
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (Sala de lo Social, Sección 1ª) ha dictado Sentencia núm. 6541/2025, el 10 de diciembre de 2025, por la que desestima el recurso de suplicación interpuesto por doña Tarsila contra la sentencia de fecha 4 de marzo de 2025, dictada por el Juzgado de lo Social número 28 de Barcelona, en los autos 1027/2019, confirmandola. La sentencia del Juzgado de lo Social declaró: «Que, desestimando la demanda y su ampliación, debo absolver y absuelvo a la ASOCIACIÓN DE CLUBS DE BALONCESTO y a ACEB, S. A., respecto de la acción por despido nulo, por vulneración de derechos fundamentales, e indemnización adicional, o subsidiariamente improcedente, de fecha de efectos de 1 de noviembre de 2019, interpuesta por Tarsila, por inexistencia de relación laboral de la actora con las partes.»
En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes: «PRIMERO. El 1 de septiembre de 2015, ACEB, S. A. U., contrató a Desarrollos Turísticos, S. L. (no parte procesal) para la realización de diversos proyectos relacionados con más de quinientos centros educativos. SEGUNDO. ACEB, S. A. U. (demandada en ampliación) se constituyó el 3 de marzo de 1982. Su objeto social es: "Adquisición, tenencia, uso y explotación por cualquier medio o procedimiento de los derechos relativos a la competición de baloncesto que desarrolle la asociación de clubs de baloncesto".
Puedes acceder al contenido íntegro de la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el siguiente enlace
Fuente: Poder Judicial España













