La Audiencia de Almería condena al ex presidente de la Federación Andaluza de Colombicultura por apropiación indebida
La Audiencia Provincial de Almería (Sección 2ª) ha dictado Sentencia núm. 21/2026, el 16 de enero de 2026, por la que
1) CONDENA al acusado, D. Bernabé, como autor criminalmente responsable de un delito ya definido de apropiación indebida, con la concurrencia de la circunstancia atenuante simple de dilaciones indebidas:
- A las penas de 2 años de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el mismo tiempo y multa de 7 meses con una cuota diaria de 6 euros
- A que indemnice a la FEDERACIÓN ANDALUZA DE COLOMBICULTURA en la cantidad de 94.351,16 euros más el interés legalmente previsto (art. 576 LEC). Del pago de la indemnización responderán solidariamente con D. Bernabé, como partícipes a título lucrativo, el CLUB DEPORTIVO SOCIEDAD COLOMBICULTURA ALMERIENSE hasta el límite de 80.000 euros y Dña. Aida hasta el límite de 2.391,86 euros.
- Al pago de 1/12 de las costas procesales, incluidas las de la acusación particular.
2) ABSUELVE a D. Bernabé del delito de falsedad documental por el que venía siendo acusado.
3) ABSUELVE a D. Jesús Carlos, D. Severino, Dña. Aida, D. Luis Pedro y D. Cosme de los delitos de apropiación indebida / administración desleal y falsedad documental por los que venían siendo acusados. Declara de oficio 11/12 de las costas procesales.
El acusado D. Bernabé era presidente de la FEDERACIÓN ANDALUZA DE COLOMBICULTURA, por lo que estaba autorizado para gestionar los fondos de la misma para los fines que le eran propios. Aprovechando la anterior circunstancia y sin contar con el preceptivo respaldo asambleario de la Federación, facilitó fondos de la misma para la compra de un inmueble por parte del CLUB DEPORTIVO SOCIEDAD COLOMBICULTURA ALMERIENSE, del que el acusado era socio. En particular, una nave industrial sita en el término municipal de Viator. La operación se instrumentalizó en escritura pública de compraventa. El precio se abonó íntegramente con fondos de la Federación.
No consta acreditado que los acusados falsearan un documento consistente en acta de Asamblea Extraordinaria de 1 de junio de 2012 del CLUB DEPORTIVO SOCIEDAD DE COLOMBICULTURA ALMERIENSE, que se protocolizó anexado a la referida escritura pública. Con posterioridad a la firma de la escritura, el acusado D. Bernabé dispuso lo necesario para el pago de las cuotas hipotecarias con cargo a los fondos de la Federación Andaluza de Colombicultura, así como para la cancelación de la hipoteca en escritura pública de fecha 2.3.2016 mediante el pago de la suma adeudada restante, de 35.629,06 euros, a cuyo efecto transfirió 35.660 euros de una cuenta corriente de la Federación a una cuenta corriente del Club. No consta acreditada la participación en estos hechos del acusado D. Jesús Carlos, que intervino como avalista junto con D. Bernabé y otra persona ya fallecida. Tampoco consta acreditada la participación en estos hechos de D. Severino, Dña. Aida, D. Luis Pedro y D. Cosme.
Puedes acceder al contenido íntegro de la Sentencia de la Audiencia de Almería en el siguiente enlace
Fuente: Poder Judicial España













