La Audiencia de Madrid desestima el recurso de la propietaria de un bar de Fuenlabrada por emitir partidos de LaLiga sin consentimiento

La Audiencia Provincial de Madrid (Sección 15ª), en su sentencia núm. 168/2026, de 6 de abril de 2026, acuerda DESESTIMAR el recurso de apelación interpuesto por Doña Vanesa, contra la sentencia dictada por la Ilma. Sra. Magistrada - Juez de la Sección de Instrucción, Fuenlabrada Plaza 1 con fecha 4 de noviembre de 2025 en el juicio por delito leve contra el mercado y los consumidores, SE HA DE CONFIRMAR la resolución recurrida en su integridad con declaración de oficio de las costas procesales causadas.

Resulta probado que sobre las 21:01 horas del día 25 de septiembre de 2024 la denunciada, Doña Vanesa, titular del establecimiento público, sito en Fuenlabrada, reprodujo a través de un televisor ubicado en dicho establecimiento, facilitando el acceso a terceros, y con fines comerciales (a fin de captar clientes), el partido de fútbol de la jornada 7 de la competición LALIGA EA SPORTS entre el Fútbol Club Barcelona y el Getafe Club de Fútbol SAD, haciéndolo la denunciada careciendo del consentimiento para emitir tales contenidos audiovisuales.

Asimismo, resulta probado que la denunciada, sobre las 22:29 horas del día 22 de diciembre de 2024, reprodujo a través de un televisor ubicado en el referido establecimiento, facilitando el acceso a terceros, y con fines comerciales (a fin de captar clientes), el partido de fútbol de la jornada 8 de la competición LALIGA EA SPORTS, entre el Real Betis Balompié SAD y Rayo Vallecano de Madrid SAD, haciéndolo la denunciada careciendo del consentimiento para emitir tales contenidos audiovisuales.

La denunciada emitió en el establecimiento público del que es titular los dos partidos de futbol referidos en las dos fechas indicadas, haciéndolo sin consentimiento del prestador de tales servicios, esto es, sin el consentimiento de LA LIGA NACIONAL DE FUTBOL PROFESIONAL (LALIGA), siendo ésta la única cesionaria de las facultades de comercialización conjunta de los derechos audiovisuales del Campeonato Nacional de Liga de Primera y Segunda División, debiendo emitirse los contenidos con el consentimiento de LALIGA, a través de los operadores de televisión expresamente habilitados.

Puedes acceder al contenido íntegro de la Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid en el siguiente enlace

 

Fuente: Poder Judicial España
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