XI Congreso de Derecho Deportivo

Celebrado en Gijón los días 9 y 10 de octubre de 2015.

Descargar aquí el programa.

 

Crónica del XI Congreso de la Asociación Española de Derecho Deportivo

Por Silvia VERDUGO GUZMÁN (Colaboradora IUSPORT)

 
Durante los días 9 y 10 de octubre, se celebró en el Hotel Tryp Rey Pelayo de Gijón el XI Congreso de Derecho Deportivo organizado por la Asociación Española de Derecho Deportivo. El tema central del Congreso versó sobre “Derecho del Fútbol, presente y futuro”.

La dirección del Congreso correspondió a Miguel María García Caba, la coordinación a Javier Latorre Martínez y la secretaría a Javier Rodríguez Ten, todos ellos directivos de la Asociación Española.

El Congreso ha representado un éxito sin precedentes en cuanto a asistencia de congresistas procedentes de diversas provincias españolas, así como de diversos países sudamericanos.

La inauguración correspondió al Director General de Deportes del Principado de Asturias, Ramón Tuero del Prado, acompañado por el representante del Ayuntamiento de Gijón, del Presidente de la Asociación Española de Derecho Deportivo, Antonio Millán Garrido, del Director de la Fundación Observatorio Económico del Deporte, Plácido Rodríguez Guerrero y del Presidente de la Asociación Asturiana de Derecho Deportivo, Diego García Diego.

Antonio Millán Garrido agradeció la asistencia de ponentes y congresistas y resaltó la colaboración de diversas entidades, entre otras, la Fundación Observatorio Económico del Deporte, Gijón Convention Bureau, Liga de Fútbol Profesional, Real Federación Española de Fútbol, Asociación Asturiana de Derecho Deportivo, Asociación Española de Agentes de Jugadores, Asociación de Futbolistas Españoles. Autocid Burgos, Editorial Reus e IUSPORT.

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PONENCIA DE JAVIER TEBAS MEDRANO
“Régimen Jurídico del Fútbol profesional, su situación actual y las perspectivas de futuro”.

La primera ponencias del viernes 9 de octubre fue impartida por el Presidente de la Liga Nacional de Fútbol Profesional, Javier Tebas Medrano quien centró su intervención en el “Régimen Jurídico del Fútbol profesional, su situación actual y las perspectivas de futuro”. La intervención del presidente de la patronal generó gran expectación entre los medios de comunicación asturianos que aprovecharon la ocasión para plantearle diversas cuestiones sobre diversos temas de actualidad. Javier Tebas consideró que es necesaria una revolución en la FIFA pero que el cambio no podría ser liderado por el actual Presidente de la UEFA, Michel Platini, Asimismo manifestó que las personas no se deben perpetuar en los cargos directivos, siendo necesario poner fecha de caducidad a los mandatos.

Introduce un concepto: “La industria del fútbol profesional”. Existen multitud de normas que están en el ámbito del fútbol profesional. Existen normas de carácter público y privadas que afectan a ésta industria. En ambos casos, nos encontramos ante normas de carácter nacional e internacional.

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MARCO JURÍDICO DE NORMAS PÚBLICAS EN EL ÁMBITO NACIONAL.

1)   Afecta la LD 10/1990. Es una Ley correcta y que lo demuestra su creación y pequeñas modificaciones a lo largo de los años. Lo único que puede afectarle (junto al Real Decreto Federaciones Deportivas), es la discusión que se produce entorno al problema “competencial”, es decir, el tema de las LIGAS en coordinación con la Federación de Fútbol Nacional, pues se produce un choque de competencias, que finalmente lo que afecta, es al fútbol profesional.

2)   Ámbito mercantil. Surgen sociedades y normas de Sociedades Anónimas, especialmente, S.A.D. Quizás habría que modificar ciertas leyes. Así por ejemplo, incluir ciertos temas en la Ley de Sociedades de Capital; como podría ser lo asociado a realizar la compra de un jugador (pues existen ciertas normas como la relativa a las ventas de los mismos); se trata de temas que deberían revisarse para aclarar esta cuestión.

También en el aspecto mercantil, se ha referido a temas como la propiedad intelectual y el problema con temas como las páginas piratas, que pueden incluso llevar a la comisión de figuras delictivas.

3)   Ámbito laboral. Existen normas y además temas discutibles, que afectan al fútbol profesional, por ejemplo, en torno al tema de las huelgas de los trabajadores, y específicamente a futbolistas en el ámbito profesional
 
4)   Ámbito penal. Se refiere a la creación de figuras en el ámbito deportivo, por ejemplo, el delito de fraude deportivo, y puede verse afectado en el ámbito del fútbol profesional (por ejemplo, la intervención penal mediante tipos agravados en relación a temas como las apuestas deportivas, que permiten más libertad para intervenir e investigar de mejor forma las conductas ilícitas que allí se presenten).

5)   Derechos audiovisuales. Se ven afectados los derechos audiovisuales en el fútbol profesional. Las normas se refieren expresamente a una obligación de regular y transferir ciertos beneficios a quienes conforman este orden de interés general.

6)   Derecho de información. Luego de modificaciones legales, sigue existiendo problemas y contradicciones en algunas de sus normas.

 

MARCO JURÍDICO DE NORMAS PRIVADAS EN EL ÁMBITO NACIONAL.

Reglamentos y Estatutos relativos al fútbol profesional son normas privadas pero que pueden tener una naturaleza jurídica pública pues son ratificadas por el orden público, mediante organismos que son estatales.

congreso dercho deportivo3MARCO JURÍDICO INTERNACIONAL.
1.    PÚBLICO. Directivas comunitarias. ¿En qué se afecta al fútbol profesional? Las ligas, actualmente deben estar en la obligación de comercializar los derechos audiovisuales a la vez en toda Europa, es decir, vender sus productos en cada mercado europeo. Se pretende por la UE que se haga una normativa común para todos los países de Europa. Es complicado porque hoy en Europa no existe un operador único que se encargue de todo esto y especialmente de los Derechos audiovisuales.
También es discutible el tema de “la portabilidad”, es decir, que los abonados de un canal de pago, cuando sale de las fronteras de su país, tenga la opción de seguir viendo sus abonos (dentro de la UE). Los problemas aquí son: 
1º Si he comprado un servicio en la UE, sería lógico, que tenga un carácter temporal (vacaciones, o trabajos temporales), de lo contrario, se trataría de “licencias trasfronterizas”, que llevarán a problemas de los derechos audiovisuales.
2º El problema es que si el mismo operador que tiene el consumidor (quien goza de los derechos comprados a su operador de pago), en el extranjero se puede afectar el marco jurídico europeo.
3º Existencia de una sola Ley de Propiedad de Intelectual.
4º Existen normas de carácter privado de la FIFA y UEFA. Pero que afectan en temas como el control de las “ligas de fútbol profesional”.
De esta manera, se supone que la FIFA debía intervenir en ciertas áreas, como mundiales de fútbol, pero en los últimos años ha entrado a regular temas como por ejemplo, los Derechos laborales de futbolistas, así como también en relación a los derechos de los clubes con sus activos financieros. Es cuestionable que un organismo privado pueda intervenir en temas que son de regulación interna de cada país.

2.    PRIVADO. NORMAS DE CONTROL ECONÓMICO. Es importante la autonomía de las ligas. Por ejemplo, el tema del Fair Play Económico sería una intervención de organismos como la UEFA, que afectan la relación laboral de los jugadores con sus clubes, es decir, sería una intervención poco oportuna.

CONCLUSIÓN: Entrar a legislar en el ámbito privado es algo cuestionable absolutamente, pues una intervención inoportuna en la “industria del fútbol” es complejo. Tema específicamente complejo en torno al tema de los derechos audiovisuales.
MARCO JURÍDICO DE NORMAS PÚBLICAS EN EL ÁMBITO NACIONAL.



1)   Afecta la LD 10/1990. Es una Ley correcta y que lo demuestra su creación y pequeñas modificaciones a lo largo de los años. Lo único que puede afectarle (junto al Real Decreto Federaciones Deportivas), es la discusión que se produce entorno al problema “competencial”, es decir, el tema de las LIGAS en coordinación con la Federación de Fútbol Nacional, pues se produce un choque de competencias, que finalmente lo que afecta, es al fútbol profesional.



2)   Ámbito mercantil. Surgen sociedades y normas de Sociedades Anónimas, especialmente, S.A.D. Quizás habría que modificar ciertas leyes. Así por ejemplo, incluir ciertos temas en la Ley de Sociedades de Capital; como podría ser lo asociado a realizar la compra de un jugador (pues existen ciertas normas como la relativa a las ventas de los mismos); se trata de temas que deberían revisarse para aclarar esta cuestión.



También en el aspecto mercantil, se ha referido a temas como la propiedad intelectual y el problema con temas como las páginas piratas, que pueden incluso llevar a la comisión de figuras delictivas.





3)   Ámbito laboral. Existen normas y además temas discutibles, que afectan al fútbol profesional, por ejemplo, en torno al tema de las huelgas de los trabajadores, y específicamente a futbolistas en el ámbito profesional.



4)   Ámbito penal. Se refiere a la creación de figuras en el ámbito deportivo, por ejemplo, el delito de fraude deportivo, y puede verse afectado en el ámbito del fútbol profesional (por ejemplo, la intervención penal mediante tipos agravados en relación a temas como las apuestas deportivas, que permiten más libertad para intervenir e investigar de mejor forma las conductas ilícitas que allí se presenten).





5)   Derechos audiovisuales. Se ven afectados los derechos audiovisuales en el fútbol profesional. Las normas se refieren expresamente a una obligación de regular y transferir ciertos beneficios a quienes conforman este orden de interés general.



6)   Derecho de información. Luego de modificaciones legales, sigue existiendo problemas y contradicciones en algunas de sus normas.



MARCO JURÍDICO DE NORMAS PRIVADAS EN EL ÁMBITO NACIONAL.



Reglamentos y Estatutos relativos al fútbol profesional son normas privadas pero que pueden tener una naturaleza jurídica pública pues son ratificadas por el orden público, mediante organismos que son estatales.MARCO JURÍDICO DE NORMAS PÚBLICAS EN EL ÁMBITO NACIONAL.



1)   Afecta la LD 10/1990. Es una Ley correcta y que lo demuestra su creación y pequeñas modificaciones a lo largo de los años. Lo único que puede afectarle (junto al Real Decreto Federaciones Deportivas), es la discusión que se produce entorno al problema “competencial”, es decir, el tema de las LIGAS en coordinación con la Federación de Fútbol Nacional, pues se produce un choque de competencias, que finalmente lo que afecta, es al fútbol profesional.



2)   Ámbito mercantil. Surgen sociedades y normas de Sociedades Anónimas, especialmente, S.A.D. Quizás habría que modificar ciertas leyes. Así por ejemplo, incluir ciertos temas en la Ley de Sociedades de Capital; como podría ser lo asociado a realizar la compra de un jugador (pues existen ciertas normas como la relativa a las ventas de los mismos); se trata de temas que deberían revisarse para aclarar esta cuestión.



También en el aspecto mercantil, se ha referido a temas como la propiedad intelectual y el problema con temas como las páginas piratas, que pueden incluso llevar a la comisión de figuras delictivas.





3)   Ámbito laboral. Existen normas y además temas discutibles, que afectan al fútbol profesional, por ejemplo, en torno al tema de las huelgas de los trabajadores, y específicamente a futbolistas en el ámbito profesional.



4)   Ámbito penal. Se refiere a la creación de figuras en el ámbito deportivo, por ejemplo, el delito de fraude deportivo, y puede verse afectado en el ámbito del fútbol profesional (por ejemplo, la intervención penal mediante tipos agravados en relación a temas como las apuestas deportivas, que permiten más libertad para intervenir e investigar de mejor forma las conductas ilícitas que allí se presenten).





5)   Derechos audiovisuales. Se ven afectados los derechos audiovisuales en el fútbol profesional. Las normas se refieren expresamente a una obligación de regular y transferir ciertos beneficios a quienes conforman este orden de interés general.



6)   Derecho de información. Luego de modificaciones legales, sigue existiendo problemas y contradicciones en algunas de sus normas.



MARCO JURÍDICO DE NORMAS PRIVADAS EN EL ÁMBITO NACIONAL.



Reglamentos y Estatutos relativos al fútbol profesional son normas privadas pero que pueden tener una naturaleza jurídica pública pues son ratificadas por el orden público, mediante organismos que son estatales.MARCO JURÍDICO DE NORMAS PÚBLICAS EN EL ÁMBITO NACIONAL.




1)   Afecta la LD 10/1990. Es una Ley correcta y que lo demuestra su creación y pequeñas modificaciones a lo largo de los años. Lo único que puede afectarle (junto al Real Decreto Federaciones Deportivas), es la discusión que se produce entorno al problema “competencial”, es decir, el tema de las LIGAS en coordinación con la Federación de Fútbol Nacional, pues se produce un choque de competencias, que finalmente lo que afecta, es al fútbol profesional.



2)   Ámbito mercantil. Surgen sociedades y normas de Sociedades Anónimas, especialmente, S.A.D. Quizás habría que modificar ciertas leyes. Así por ejemplo, incluir ciertos temas en la Ley de Sociedades de Capital; como podría ser lo asociado a realizar la compra de un jugador (pues existen ciertas normas como la relativa a las ventas de los mismos); se trata de temas que deberían revisarse para aclarar esta cuestión.



También en el aspecto mercantil, se ha referido a temas como la propiedad intelectual y el problema con temas como las páginas piratas, que pueden incluso llevar a la comisión de figuras delictivas.





3)   Ámbito laboral. Existen normas y además temas discutibles, que afectan al fútbol profesional, por ejemplo, en torno al tema de las huelgas de los trabajadores, y específicamente a futbolistas en el ámbito profesional.



4)   Ámbito penal. Se refiere a la creación de figuras en el ámbito deportivo, por ejemplo, el delito de fraude deportivo, y puede verse afectado en el ámbito del fútbol profesional (por ejemplo, la intervención penal mediante tipos agravados en relación a temas como las apuestas deportivas, que permiten más libertad para intervenir e investigar de mejor forma las conductas ilícitas que allí se presenten).





5)   Derechos audiovisuales. Se ven afectados los derechos audiovisuales en el fútbol profesional. Las normas se refieren expresamente a una obligación de regular y transferir ciertos beneficios a quienes conforman este orden de interés general.



6)   Derecho de información. Luego de modificaciones legales, sigue existiendo problemas y contradicciones en algunas de sus normas.



MARCO JURÍDICO DE NORMAS PRIVADAS EN EL ÁMBITO NACIONAL.



Reglamentos y Estatutos relativos al fútbol profesional son normas privadas pero que pueden tener una naturaleza jurídica pública pues son ratificadas por el orden público, mediante organismos que son estatales.MARCO JURÍDICO DE NORMAS PÚBLICAS EN EL ÁMBITO NACIONAL.



1)   Afecta la LD 10/1990. Es una Ley correcta y que lo demuestra su creación y pequeñas modificaciones a lo largo de los años. Lo único que puede afectarle (junto al Real Decreto Federaciones Deportivas), es la discusión que se produce entorno al problema “competencial”, es decir, el tema de las LIGAS en coordinación con la Federación de Fútbol Nacional, pues se produce un choque de competencias, que finalmente lo que afecta, es al fútbol profesional.



2)   Ámbito mercantil. Surgen sociedades y normas de Sociedades Anónimas, especialmente, S.A.D. Quizás habría que modificar ciertas leyes. Así por ejemplo, incluir ciertos temas en la Ley de Sociedades de Capital; como podría ser lo asociado a realizar la compra de un jugador (pues existen ciertas normas como la relativa a las ventas de los mismos); se trata de temas que deberían revisarse para aclarar esta cuestión.



También en el aspecto mercantil, se ha referido a temas como la propiedad intelectual y el problema con temas como las páginas piratas, que pueden incluso llevar a la comisión de figuras delictivas.





3)   Ámbito laboral. Existen normas y además temas discutibles, que afectan al fútbol profesional, por ejemplo, en torno al tema de las huelgas de los trabajadores, y específicamente a futbolistas en el ámbito profesional.



4)   Ámbito penal. Se refiere a la creación de figuras en el ámbito deportivo, por ejemplo, el delito de fraude deportivo, y puede verse afectado en el ámbito del fútbol profesional (por ejemplo, la intervención penal mediante tipos agravados en relación a temas como las apuestas deportivas, que permiten más libertad para intervenir e investigar de mejor forma las conductas ilícitas que allí se presenten).





5)   Derechos audiovisuales. Se ven afectados los derechos audiovisuales en el fútbol profesional. Las normas se refieren expresamente a una obligación de regular y transferir ciertos beneficios a quienes conforman este orden de interés general.



6)   Derecho de información. Luego de modificaciones legales, sigue existiendo problemas y contradicciones en algunas de sus normas.



MARCO JURÍDICO DE NORMAS PRIVADAS EN EL ÁMBITO NACIONAL.



Reglamentos y Estatutos relativos al fútbol profesional son normas privadas pero que pueden tener una naturaleza jurídica pública pues son ratificadas por el orden público, mediante organismos que son estatales.Guardar
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