El TSJ de Madrid avala el precinto de pistas de pádel municipales en Pozuelo de Alarcón por falta de autorización previa y rechaza la existencia de vía de hecho administrativa
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 2ª), en su sentencia núm. 558/2026, de 30 de junio de 2026, por la que acuerda DESESTIMAR el recurso de apelación interpuesto por D. Demetrio, en representación de GRAND SLAM 5, S.L., contra la Sentencia dictada el 18 de octubre de 2024 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo núm. 3 de Madrid, confirmando la resolución apelada e imponiendo a la recurrente las costas procesales de esta segunda instancia.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha confirmado la legalidad del precinto de varias pistas de pádel instaladas en un polideportivo municipal de Pozuelo de Alarcón, al considerar que la empresa explotadora carecía de la autorización demanial necesaria para el cambio de uso y explotación del dominio público. La Sala rechaza que la actuación municipal constituyera una vía de hecho, al existir resoluciones administrativas previas que amparaban la medida.
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Fuente: Poder Judicial España













